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«La sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) es un jarro de agua fría para las expectativas de los interinos de convertirse en fijos», dice Garbiñe Biurrun, la presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País ... Vasco (TSJPV). Su lectura del fallo difiere en gran medida de otras que se han realizado y advierte de que el TJUE no dice en ningún momento que haya que hacer fijos a los interinos de larga duración sino que solo recomienda esta solución «en caso de que no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la Ley». Y a su entender el Tribunal Supremo tiene claro que sí la contraviene.
Biurrun, que ha realizado estas declaraciones en Radio Euskadi, ha explicado que el Superior vasco ha suspendido sus pronunciamientos sobre esta materia a la espera de que el TJUE conteste a las dudas planteadas por el propio Tribunal Supremo. Esta instancia se opone en principio a la conversión automática de los interinos en fijos al considerar que contraviene los principios constitucionales de igualdad, publicidad, mérito, capacidad y libre concurrencia que deben regir el acceso a la función pública. Por eso ha preguntado también si el problema se podría solucionar con una indemnización por despido mayor.
La magistrada considera que el TJUE apunta en su fallo cuál va a ser la respuesta al Supremo, «intuyendo» que va ser contrario a la fijeza. Señala que en la sentencia el Tribunal de la UE solo dice que no ve suficiente las sanciones que ahora tiene el ordenamiento jurídico español para castigar el abuso con los interinos. Cita en particular que no considera válidos ni los procesos de consolidación puestos en marcha con la 'ley Iceta', ni la indemnización de 20 días por año trabajado ni la jurisprudencia del Supremo, que había apostado por la figura del 'indefinido no fijo', de forma que los interinos puedan permanecer en el puesto hasta que se adjudique la plaza, sin eliminar el riesgo de ser despedidos.
A partir de ahí, añade, recomienda la vía de hacerles indefinidos, pero «siempre que no implique una interpretación del Derecho nacional contraria a la Ley». Para la magistrada esta coletilla es clave puesto que si el Supremo así lo considera no hay nada que hacer. Recuerda que esta condición no la ponía en el sentencia de febrero y de ahí concluye que este nuevo pronunciamiento del TJUE «aleja aún más la fijeza».
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