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Natividad Pulido
Madrid
Domingo, 18 de junio 2023, 08:14
En los años 70, Salvador Dalí creó con sus propias manos, en su casa de Portlligat, 44 esculturas sobre los temas que siempre le obsesionaron. En alguna de ellas es apreciable las huellas de sus dedos. Se conoce como Colección Clot, pues Dalí firmó con ... Isidro Clot Fuentes, empresario y galerista, unos contratos para la comercialización de estas piezas en ediciones de varias tiradas y tamaños. Se moldearon a la cera perdida (un procedimiento que permite obtener figuras de metal, generalmente bronce y oro, por medio de un molde que se elabora a partir de un prototipo en cera de abeja, escayola...). Dalí las modeló en cera. Con los años, los contratos se cedieron parcialmente a terceros, lo cual generó una gran confusión en el mercado.
La sociedad inversora 2049 Obra Contemporánea S.A. (entre sus accionistas se hallan las familias Delclaux, Basagoiti, Artola y Garteiz), creada en 1998 y con sede en Bilbao, era desde finales del XX uno de los propietarios de los derechos de propiedad intelectual sobre la Colección Clot. Consiguieron vender piezas, como 'Terpsícore', que luce en el estanque en el exterior del Palacio Euskalduna de Bilbao. Por entonces, el fotógrafo Robert Descharnes, secretario y biógrafo del artista español, que durante un tiempo gestionó los derechos de Dalí a través de la empresa Demart Pro Arte B. V., aportaba certificados de autenticidad de las obras de Dalí. Fue objeto de un complejo litigio.
La Fundación Gala-Salvador Dalí, único gestor de los derechos de imagen y propiedad intelectual de la obra del artista, quería regularizar y ordenar el mercado de esculturas de Dalí, en el que reinaba cierto caos y descontrol, con ventas irregulares. En 2012, una sentencia judicial condenó a una empresa a retirar obras de la Colección Clot de una exposición en el Real Círculo Artístico de Barcelona. La fundación llevó a cabo un minucioso y exhaustivo estudio legal y artístico de la obra escultórica y tridimensional de Dalí, que «ha permitido el establecimiento de unos criterios de categorización y clasificación de la misma que facilitan el conocimiento exacto de la intervención del artista en cada obra», según la propia fundación.
Tras la firma en 2014 de un acuerdo de intenciones, el 1 de diciembre de 2016, la Fundación Gala-Salvador Dalí y la sociedad inversora 2049 Obra Contemporánea S.A. (2049 OC) –esta renunció ante notario a sus previos derechos, aceptando que los derechos solo pertenecían a la fundación– firmaron un contrato de licencia en exclusiva para la reproducción y exhibición de las 44 obras escultóricas de la Colección Clot, cuyo incumplimiento ha provocado la presentación, el 29 de mayo, de una demanda judicial contra la Fundación Gala-Salvador Dalí en el Juzgado número 9 de lo Mercantil de Barcelona, pendiente de ser admitida a trámite y a la que ha tenido acceso ABC. Se informó al Ministerio de Cultura.
Incluía dicho contrato un Plan de Edición, que establece los materiales (nobles, básicamente en bronce, pero se hizo una edición en oro que tiene el museo del artista en Florida), tamaños (hay cuatro medidas básicas) y número de reproducciones permitidas de cada obra. Asimismo, se acuerda que la denominación de esas piezas sea 'reproducción autorizada'. Además, se advierte en el contrato de que la fundación controla, supervisa y acredita las ediciones que se comercialicen. Exige, pues, un documento acreditativo de la legitimidad de cada pieza. Sin dicho certificado de homologación, que solo puede emitir la fundación, resulta imposible la venta de cualquier pieza de Dalí.
Cuando se firmó el contrato en 2016, el presidente de la Fundación Gala-Salvador Dalí era Ramón Boixadós y el vicepresidente, Jordi Mercader. Tras la muerte de Boixadós, en septiembre de 2018 Mercader asume la presidencia de la fundación. Es entonces cuando, lamenta la sociedad inversora, se produjo un cambio radical de criterio respecto al contrato firmado en 2016: 2049 OC queda desprotegida frente a terceros; hay negativas y demoras, sin motivación alguna, a la emisión de los certificados de autenticidad pactados, bloqueando con ello tanto las ventas (desde 2016, la sociedad no ha podido vender ninguna), así como las exposiciones programadas en Céret (Francia) en 2017, en Berlín en 2018 y en Florida en 2019. Las dos primeras quedaron canceladas al no obtener la autorización pertinente de las piezas, lo mismo que la muestra itinerante por Estados Unidos programada tras la muestra de Florida.
Ocho de estas esculturas, de unos dos metros de altura, permanecen a día de hoy en el extranjero: cuatro en el Museo Dalí de St. Petersburg (Florida) –'Cristo de San Juan', 'Tritón alado', 'Carmen' y Terpsícore'– y otras tantas en la Fundición Bonvicini de Verona –'Ama de llaves', 'Dulcinea', 'Fauno hombre-cabeza-cuernos' y 'Cara láminas'–, a la espera de sus preceptivas homologaciones. Se hallan en depósito en los almacenes de ambos centros, excepto una, 'Terpsícore', que fue entregada al museo de Florida en pago por la exposición de 2019 y hoy forma parte de su colección. Otro de los escollos fue que en 2020 hubo por parte de la Fundación Gala-Salvador Dalí un cambio unilateral de criterio de categorización de la colección, sustituyendo 'reproducción autorizada' –como aparecía en el contrato firmado en 2016– por otra inferior, 'D'après Dalí' (obra no original, sino inspirada en Dalí, que «prácticamente carece de valor en el mercado»). Dos años después, se dio marcha atrás y las piezas volvieron a recuperar la categoría de 'reproducción autorizada'.
A ello se sumó un problema más: pese a que 2049 OC tenía en exclusiva la comercialización de la Colección Clot, piezas de la misma estaban siendo vendidas por terceras personas (los apellidos Quirós y Bofill aparecen en la demanda). El primero fue socio de la sociedad durante cuatro años. Se lamentan de que la fundación no emprendiese acciones legales contra ellos, ni siquiera requiriesen el cese de la actividad infractora.
Hubo por parte de 2049 OC numerosos intentos de desbloquear la situación, sin ningún éxito. Incluso se propuso un arbitraje. Se aporta en la demanda documentación de todas las evasivas por parte de la fundación, que no contestaba a los requerimientos ni a los burofaxes enviados. A las reuniones que se mantuvieron acudían por parte de la fundación personas sin autorización para negociar. Explican fuentes cercanas al caso que «la fundación aducía la necesidad de estudiar de nuevo los contratos firmados por Dalí, la llegada de la pandemia...» Creen en 2049 OC que son solo excusas, que simplemente la fundación «no quiere seguir con el contrato. No les gusta por lo que sea y no quiere cumplirlo. Quizás, porque han decidido llevar ellos mismos la comercialización de la Colección Clot. En ese caso habría que rescindirlo, pero sigue en vigor».
A comienzos de este año, la fundación dio un paso más: requirió a la sociedad inversora «aportar una relación y descripción acreditativa de las actuaciones que hubiera realizado antes del otorgamiento del contrato de licencia y de las posteriores a la fecha del mismo en su desarrollo y las futuras actuaciones que tengan previstas». 2049 Obra Contemporánea considera un «flagrante, repetido y pertinaz» incumplimiento de contrato «por incompetencia, por desidia o por mala fe», que impide tanto la reproducción como la exhibición de la colección, lo que ha provocado un importante perjuicio económico y reputacional a la sociedad inversora (que cifra en 2.873.789 euros, en conceptos de daño emergente, lucro cesante y daño reputacional). Una situación que considera surrealista. Siendo Dalí, cómo no. Por ello, finalmente presentó el 29 de mayo una demanda judicial contra la Fundación Gala-Salvador Dalí en el Juzgado número 9 de lo Mercantil de Barcelona.
El objetivo prioritario de la demanda es el cumplimiento del contrato de licencia en exclusiva con la Fundación Gala-Salvador Dalí en 2016, «tras renunciar a sus previos derechos de propiedad intelectual y tras intentar hasta la saciedad conseguir el cumplimiento del contrato». Se cree que, tras siete años de vigencia contractual, «la fundación ni pensaba ni quiere cumplir lealmente con el contrato. Por tanto, no queda otro remedio que acudir al auxilio judicial para que sean los tribunales quienes obliguen a la fundación a cumplir sus compromisos contractuales».
En Figueras, sede de la Fundación Gala-Salvador Dalí, la noticia les pilló ayer de improviso: a pesar de las desavenencias que denuncia 2049 Obra Contemporánea, en la fundación no sabían nada aún de la demanda interpuesta. «De momento, lo único que podemos decir es que nos sorprende mucho, ya que 2049 OC sabe que hay un contrato y que nuestra voluntad es cumplir con lo establecido», explicaron a este diario fuentes de la entidad. «Cuando notifiquen la demanda ya se estudiará su contenido y se decidirá cómo proceder», añadieron las mismas fuentes, informa David Morán.
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