![El Tribunal Superior vasco obliga a cuatro empresas de ambulancias a tomar medidas de prevención](https://s1.ppllstatics.com/elcorreo/www/multimedia/202004/27/media/cortadas/ambulancias-vitoria-ko1G-U10010833622347AD-624x385@El%20Correo.jpg)
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pello zupiria
Lunes, 27 de abril 2020, 18:14
El Tribunal Superior de Justicia de Euskadi ha obligado a cuatro empresas de ambulancias del territorio a que garantice la seguridad de los trabajadores. Esta decisión se ha tomado después de que el sindicato USO presentase una solicitud de «medidas cautelarísimas» frente al Departamento de Salud del Gobierno vasco, Ambuiberica, Quirón Prevención, Mutua Ibermutuamur y las empresas Ambulancias Gipuzkoa, Ambulencias Maiz SAU y Grupo PAU Euskadi.
Asimismo, el TSJPV delibera que no es posible incluir como destinatario de estas medidas al Gobierno vasco ni a las Mutuas por estar recogidas en el escrito del sindicato de «manera ambigua y genérica». «Respecto de todos ellos existe una falta absoluta de justificación y argumentación, por lo que no pueden ser sujetos pasivos de estas medidas cautelares», dice el auto. No obstante, se les exige a Ambulancias Maiz, Grupo PAU Euskadi, Ambuiberica y Ambulancias Gipuzkoa que actúen los antes posible para garantizar la seguridad de los trabajadores.
Dichas empresas deberán proporcionar «mascarillas autofiltrantes FFP2 o FFP3, guantes y ropa de protección que cumplan la normativa y protectores oculares certificados. «Debemos requerirles que cumplan de inmediato con lo que se le impone en el protocolo del Ministerio de Sanidad de 8 de abril, en el que se especifica el material de protección adecuado en función del riesgo concreto al que está sometido el personal«, dicta el auto.
Asimismo, el Tribunal acepta requerir a estas compañías que realice los test que resulten científicamente procedentes. Según el documento, «es notorio que se trata de una medida importante para evitar la propagación del virus y razonable para garantizar la salud del colectivo representado por el sindicato solicitante».
Por último, en cuanto a la petición de que se cumpla el protocolo de limpieza de la ropa de trabajo de los técnicos sanitarios y conductores de ambulancias, afirman que el sistema de uso, recogida, lavado, descontaminación y en su caso destrucción de la prenda debe proporcionarse a cargo de la demandada. La destrucción deberá hacerse por una empresa homologada y especializada en la desinfección de agentes biológicos.
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