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El Tribunal Económico Administrativo Foral (TEAF) acaba de dar la razón a una familia que puso en marcha una batalla legal para anular el recargo del 50% que el Ayuntamiento de Bakio aplica a las segundas residencias en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles ( ... IBI). La decisión del TEAF sienta un precedente y abre la puerta, no solo a la devolución del importe de la penalización incluida en los recibos de los tres últimos años en la localidad costera, sino a que se pongan también en marcha reclamaciones en otros municipios.
La clave de la resolución está en una simple palabra. El Consistorio de Bakio no fue preciso y no incluyó en su ordenanza el término 'habitual' acompañando al de residencia. Es decir, redactó un texto en el que se aplicaba el recargo a «aquellos inmuebles de uso residencial que no constituyan la residencia del sujeto pasivo o de terceras personas por arrendamiento o cesión de su uso» (artículo 11). En este caso, el TEAF ha considerado que una casa en la que se convive durante los fines de semana y en verano sí es una residencia, aunque no sea el hogar principal, en el que están empadronados sus dueños. «Por tanto, la residencia habitual como la segunda residencia son todas ellas residencias», aclara la abogada Olatz Beldarrain, la letrada que ha llevado el caso.
La sentencia se circunscribe a una única familia. Y es favorable porque los demandantes han acreditado que pasan tiempo en el inmueble mediante la presentación de recibos de luz y de agua con un consumo notable, desbaratando así, según el tribunal, la exigencia de estar empadronado. En Bakio hay otras seis reclamaciones en marcha. No obstante, según Beldarrain, del despacho Jaso Abogados, el fallo abre la puerta a que cualquier propietario de segunda residencia pueda pedir la devolución de lo cobrado en exceso, que varía en función del valor catastral de la casa (metros cuadrados, ubicación...). En algunos casos, la suma podría superar los 200 euros.
En Bakio hay 3.227 viviendas, según los datos de 2018 recogidos por el Eustat. El Ayuntamiento calcula que el 60% de sus dueños las utilizan como inmuebles de veraneo. Por este motivo, la resolución del TEAF podría beneficiar a casi 2.000 propietarios. «No hemos recibido aún la notificación del tribunal», asegura la alcaldesa de la localidad costera, Amets Jauregizar. «Si hay que tomar medidas o corregir la ordenanza lo haremos». La regidora, no obstante, asegura que «lo único que hemos hecho ha sido transponer la norma foral sobre el IBI».
El problema está en que la norma foral tampoco detalla lo de residencia 'habitual'. Algo que sí hace la legislación aprobada por Gipuzkoa. Así lo destaca el propio TEAF en su informe: «Si el legislador del IBI en Bizkaia, al contrario del territorio vecino, no ha incluido el adjetivo habitual a la hora de determinar en qué supuestos se aplica el recargo, debe entenderse que lo ha realizado de manera expresa y deliberada». Y añaden los responsables de este organismo que la denominación incluida en el recibo de 'Recargo vacía' «no hace sino introducir más confusión en la cuestión por su inexactitud».
De cara al futuro, los ayuntamientos tienen en su mano resolver esta imprecisión. Bastaría con incluir la palabra 'habitual'. Algo que ya han hecho Lekeitio o Sopela. Otros, como Gorliz o, incluso, Bilbao, están expuestos ahora mismo a que los ciudadanos que son objeto de recargo por vivienda vacía puedan demostrar que pasan temporadas, destruyendo mediante prueba (consumo de luz) las presunciones incluidas en la norma foral (empadronamiento).
1.936 viviendas de las 3.227 de Bakio son segundas residencias o inmuebles vacíos. El Ayuntamiento incluyó el recargo en su ordenanza para tratar de dinamizar y sacar al mercado del alquiler más pisos.
Los recurrentes La primera de las sentencias del TEAF obliga a echar atrás el recibo, girar uno nuevo y devolver «lo cobrado en exceso» a una familia. El caso lo ha llevado la abogada Olatz Beldarrain. La letrada asegura que hay otros seis casos y que la resolución abre la puerta a que este mismo proceso se pueda llevar a efecto en otros ayuntamientos.
Residir frente a padrón El TEAF estima que si se acredita residencia, aunque no sea de forma habitual, se puede desbaratar la exigencia del padrón porque la norma foral no es precisa sobre este respecto.
Amets Jauregizar «Lo único que hemos hecho es transponer la norma foral», argumenta la alcaldesa de Bakio
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