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josé domínguez
Domingo, 21 de julio 2019, 23:59
En 2004 se aprobó el plan parcial 'Los Llamares III' para urbanizar seis hectáreas de suelo rústico en Villasana, en el burgalés Valle de Mena. Una promoción que contemplaba construir más de 60 viviendas, en su mayoría chalés unifamiliares o adosados, pero sobre la que ... el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha sembrado la incertidumbre. Así es desde que la Sala de lo Contencioso Administrativo de ese órgano ha dictado una sentencia que declara nulo el proyecto por el que se ejecutó su primera fase, donde se han levantado ya 27 chalés adquiridos en su mayoría por vizcaínos.
El Ayuntamiento burgalés asegura que ni los compradores ni los propietarios tendrán problemas, ya que el área municipal de Urbanismo ha iniciado de nuevo la tramitación administrativa del documento. Ademas, remarca que el fallo sólo afecta al proyecto de actuación, no al plan parcial «ni a las licencias concedidas en la zona en quince años para construir viviendas familiares -añade-. Así que ningún propietario tiene la suya pendiente de legalización, porque todas se levantaron al amparo de licencias de construcción que nadie recurrió nunca».
Sin embargo, la interpretación del grupo popular en el Ayuntamiento es radicalmente distinta. «La sentencia deja fuera de ordenamiento todo el solar que afecta a 'Los Llamares III', que vuelve a ser suelo rústico hasta que se solvente la situación», asegura su portavoz, Pedro San Millán. No en vano, recuerda que la primera fase, «es la base sobre la que se asienta todo el desarrollo que ha tenido la promoción después». La consecuencia es, a su juicio, «que todas las viviendas, las habitadas y también las que no -paralizadas, en construcción o en proyecto-, ahora son alegales, y nada, ni casas ni terrenos, se pueden vender ni comprar». Es más, a su juicio, «ni siquiera se pueden hacer obras en ninguna parcela, todo queda paralizado hasta que se constituya de nuevo la unidad de acción».
Lo curioso de todo este embrollo es que, según reconocen desde la propia Administración local, la causa de que los jueces hayan declarado nulo el plan de actuación de la primera fase de la promoción se debe a un «olvido» de los servicios municipales, que no notificaron a una de las propietarias del suelo objeto de actuación -5.237 metros cuadrados, el 8,65% del total- de la aprobación del proyecto. La sentencia remarca que el plan parcial 'Los Llamares III' se concibió como una única unidad y que no se avisó a la afectada de que pasaba a dividirse en fases, entre otras razones, por la necesidad de desviar el cauce del río Cadagua a su paso por la zona.
Los magistrados entienden que esa es razón suficiente para declarar nulo aquel acuerdo delimitado a la primera fase, a pesar de que hayan transcurrido años, se haya completado la urbanización y incluso levantado viviendas «amparadas por la correspondiente licencia de obra y ocupación». «Pero el plan parcial en su conjunto sigue plenamente vigente», insisten desde el Ayuntamiento.
Por un «olvido» El Ayuntamiento tramita de nuevo el proyecto declarado nulo por no informar a una propietaria
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