¿Estado plurinacional?

La fórmula introducida por Pedro Sánchez en la agenda y en el debate político no aparece en ninguna Constitución democrática de Europa

Javier Tajadura Tejada

Viernes, 23 de junio 2017, 02:06

Entre las diversas propuestas y resoluciones aprobadas por el PSOE en su reciente Congreso figura la defensa del supuesto carácter «plurinacional» del Estado Constitucional español. El 'nuevo' PSOE se proclama partidario de reformar la Constitución de 1978 para incluir esa fórmula en el artículo 2 ... del Título Preliminar. Lo primero que conviene recordar es que cualquier reforma de dicho título requiere una mayoría de dos tercios en el Congreso de los Diputados y en el Senado, por lo que sin el concurso del Partido Popular y Ciudadanos, el cambio propuesto nunca podrá prosperar.

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Con todo, y en la medida en que Pedro Sánchez ha logrado introducir la cuestión en la agenda y el debate político, conviene realizar algunas observaciones sobre el alcance jurídico-constitucional y político-ideológico de la fórmula «Estado plurinacional». En primer lugar, se trata de una fórmula que no aparece en ninguna Constitución democrática de Europa. En el Derecho comparado, solamente Bolivia y Ecuador se definen en sus respectivas constituciones como estados plurinacionales y ninguno de esos dos países puede ser considerado, seriamente, un modelo a seguir.

En segundo lugar, la propuesta del PSOE se basa en la distinción entre dos conceptos de nación: nación cultural y nación política. La nación política es soberana mientras que las naciones culturales no lo son. Desde esta óptica, junto a la única nación política existente dotada de soberanía que es España, habría que reconocer la existencia de un número indeterminado de naciones culturales. Ahora bien, para defender esta interpretación del Estado Constitucional vigente no hace falta llevar a cabo ninguna reforma. El actual artículo 2 ya menciona junto a la «indisoluble unidad de la nación española», titular de la soberanía indivisible, la existencia de «nacionalidades y regiones» a las que se les reconoce el derecho a la autonomía política. La introducción del concepto de «nacionalidades» en el artículo segundo de la Constitución pese a las razonables objeciones planteadas por el profesor Fraga Iribarne sobre la ambigüedad del término y sus posibles efectos supuso ya reconocer la existencia de «naciones culturales». Nación cultural es el significado que hay que dar al término «nacionalidad» del artículo 2. El tiempo se ha ido encargando de delimitar el número de estas. Inicialmente no eran muchas, pero el jardín de las naciones ha ido floreciendo. Aragón, por ejemplo, al constituirse en comunidad autónoma, no se consideró nacionalidad sino región, pero con el tiempo, a los dirigentes políticos de la comunidad, región les supo a poco y optaron por convertir la región en nacionalidad. Lo mismo hicieron otras comunidades autónomas. En definitiva, según el artículo 2 en su redacción vigente, España ya es una nación política que reconoce la autonomía de las naciones culturales (nacionalidades). Si esto es lo que de verdad defiende el 'nuevo' PSOE, no se comprende que reclame una reforma del artículo 2.

Ahora bien, aunque la Constitución de 1978 reconozca la existencia de una serie de naciones culturales, España no es un «Estado plurinacional». Y no puede serlo porque como Estado democrático es un Estado de ciudadanos y no de naciones. La fórmula propuesta por el PSOE para contentar a las fuerzas políticas nacionalistas supone considerar a las naciones como elementos constitutivos del Estado. En esto consiste el verdadero alcance del término «Estado plurinacional». La existencia de naciones culturales ya está reconocida por la Constitución vigente, lo que no lo está es la consideración de las mismas como elementos constitutivos del Estado.

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Esta es la contradicción intrínseca de la propuesta socialista. Cuando dicen que defienden la concepción de España como una única nación política, parecen olvidar el significado ideológico de la 'nación política'. La nación política no es solo la nación soberana, sino sobre todo la 'nación cívica', es decir, la nación compuesta por ciudadanos libres e iguales en derechos. Y esa nación cívica que es el presupuesto del Estado Constitucional es incompatible con cualquier definición del Estado como plurinacional. Para decirlo con mayor claridad y contundencia: el Estado Constitucional es un Estado integrado por ciudadanos (iguales) y no por naciones (diversas). No es la soberanía sino la libertad y la igualdad lo que está en juego.

Además, la definición constitucional del Estado como plurinacional obligaría a precisar el número de naciones que lo integran. Hoy esto no es necesario porque, al no ser las nacionalidades elementos constitutivos del Estado, su número puede variar y varía sin consecuencias prácticas. La reforma propuesta por el 'nuevo' PSOE plantearía un problema político fundamental. Como ha advertido el exvicesecretario general y exvicepresidente del Gobierno socialista Alfonso Guerra, uno de los más lúcidos y consecuentes representantes del 'viejo' PSOE, también los ciudadanos de Cartagena podrían definirse como «nación». Y los de León, y los de La Gomera, etc. El Estado plurinacional se configura así como un expediente que desemboca necesariamente en el caos.

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En definitiva, el 'nuevo' PSOE ha sacado del desván de la historia, uno de los artilugios más empolvados y viejos del pensamiento reaccionario y conservador: la noción romántica e historicista de nación, definida por elementos culturales y sentimentales, y que ha sido siempre combatida por la izquierda consecuente preocupada por la igualdad y por construir estados (más que naciones) de ciudadanos libres.

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