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Justicia impecable

No es el Constitucional quien impide a Otegi presentarse a las elecciones. De su conducta delictiva y de su pésima estrategia de defensa sólo es responsable el propio Otegi

Javier Tajadura Tejada

Jueves, 8 de septiembre 2016, 01:24

Con la inadmisión del recurso presentado por Arnaldo Otegi contra el acuerdo de la Junta Electoral de Guipúzcoa que lo excluyó de la lista electoral de Bildu y contra la sentencia del juzgado de lo Contencioso que confirmó dicha exclusión, el Tribunal Constitucional ha zanjado, ... de forma definitiva, la controversia sobre la legalidad de la inhabilitación del dirigente de Bildu. Y lo ha hecho con argumentos jurídicos sencillos pero convincentes. Realmente, el recurso de Otegi sólo podía haber prosperado si el Tribunal Constitucional hubiera incurrido en un exceso de jurisdicción. Es decir, si se hubiera atribuido competencias que no le corresponden. Esto es algo que ya ha hecho en el pasado. Sirvan de ejemplo las sentencias mediante las que anuló la ilegalización de determinados partidos decretada por la Sala Especial del Tribunal Supremo. Algunos -entre los que me incluyo- temíamos que, también en este caso, invocando la fuerza expansiva de los derechos fundamentales, el Tribunal se hubiera visto tentado de entrar en el fondo del asunto. Afortunadamente no ha sido así, y el Constitucional ha delimitado el alcance de su jurisdicción con pleno respeto al sistema procesal vigente.

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