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Cómputo de votos en una mesa electoral.

¿Cómo librarse de estar en una mesa electoral este domingo?

Ser monja de clausura, madre de un lactante, invitado relevante en una boda… La regulación vigente incluye un listado de supuestos para evitar ser presidente o vocal en unos comicios

Miriam Cos

Jueves, 22 de mayo 2014, 02:09

Llegas a casa, el cartero llama al timbre, te entrega una carta certificada y ¡sorpresa!: te ha tocado ser miembro de una mesa electoral en las europeas del próximo domingo. Es decir, es una de los 148.335 personas seleccionadas por sorteo para participar como ... presidentes, vocales y suplentes en la cita con las urnas. Su función consiste en verificar la identidad de los votantes, comprobar su inscripción en el censo, anotar quiénes han ejercido su derecho para evitar que repitan. Y, claro, contabilizar las papeletas de cada partido al final de la jornada, levantar acta de los resultados y notificarlos a la autoridad competente, entre otras funciones. En resumen: todo el día pendiente -los colegios abren a las nueve de la mañana, pero hay que llegar antes, y cierran a las ocho de la tarde, pero luego hay que recontar los votos y hacer todo el papeleo- por una compensación económica de 62,61 euros, según establece la legislación vigente, que obliga a realizar esa función a quien haya correspondido, salvo en algunos supuestos. ¿Qué excusa o justificación es aceptable para librarse de esa tarea?

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¿Queda eximido un estudiante que tiene un examen inminente? ¿Una mujer embarazada? ¿Debe ir el tio de un niño que hace la comunión ese día? ¿Y un cura? ¿Se libraría un jugador de fútbol que tiene un partido importante?

Esquivar la obligación legal de participar de esta forma en el proceso electoral si se ha sido requerido para ello no es fácil. La regulación de 2011 establece unos supuestos fijos. Aquellas personas que deban prestar servicios considerados esenciales -entre ellos, médicos, sanitarios, bomberos y empleados de Protección Civil- pueden verse eximidos de acudir a la mesa electoral. También los que tiene funciones electorales y prestan sus servicios en los juzgados, juntas electorales y administraciones públicas, al igual que los directores de medios de comunicación, ya que se entiende que su presencia en el medio es clave para dar cobertura a los comicios.

Las personas analfabetas también pueden renunciar a ser miembros de una mesa electoral; eso sí, siempre que un profesional o médico acredite que no saben leer ni escribir. Lo mismo sucede con los ciudadanos que deban acudir ese día a acontecimientos públicos, no puedan ser sustituidos en ellos y a los que no participar en tales actos les produzca graves perjuicios económicos. El listado también incluye a los mayores de 65 años, discapacitados, incapacitados temporalmente, o embarazadas en situación de riesgo, así como a quienes vayan a ser operadas de urgencia. Las monjas y monjes de clausura están exentos. Por el contrario, los curas, pese a que su día de mayor actividad laboral es el domingo, deberán desempeñar las funciones que les hayan correspondido, ya que pueden ser sustituidos por otro compañero.

Otras razones para no ejercer de presidente o vocal de mesa son:

-Ser madre en periodo de lactancia (hasta que el bebé cumpla nueve meses).

-Estar exclusivamente al cuidado de un menor de 14 años sin que el otro progenitor pueda hacerse cargo de él.

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-Estar al cuidado directo de menores de 8 años o personas discapacitadas.

-Acudir a eventos familiares importantes que no se puedan aplazar.

También se libra un padre separado que tenga el régimen de visitas el mismo día de las votaciones y las personas que se hayan mudado a otra comunidad autónoma y encuentren problemas para desplazarse.

Insumisos

El problema llega cuando, al interpretar estos supuestos, las juntas electorales actuén de forma inflexible o los afectos intentan eludir sus responsabilidades. Ha habido casos en los que ha sido aplazada una comunión por la obligación de un familiar de ejercer ese mismo día como vocal o presidente de una mesa electoral. Y es que la decisión de los jueces es bastante subjetiva. Si uno es el protagonista del evento está claro que puede excusarse. ¿Y si es un invitado?, ¿por ejemplo, un amigo íntimo del novio?. ¿Y un familiar directo? Depende de en qué manos caiga el asunto. La persona que ponga la reclamación tendrá que elaborar el escrito con sumo cuidado para no ser cazado en un 'renuncio' y ser multado por ello.

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En el caso de un futbolista, por ejemplo, tendrá que acudir a la mesa sí o sí, ya que puede ser sustituido por otro.

Enfermedades reales o fingidas son excusas que reciben a diario los jueces, aunque deben estudiar muy bien el caso antes de dar la negativa por respuesta. Además, no cuelan los exámenes ni los viajes, sobre todo si son contratados con posterioridad a la citación.

Según la ley, quien abandona su responsabilidad sin justificación y no acude a la mesa puede incurrir en un delito electoral, que está castigado con una pena de arresto de 7 a 15 fines de semana y multas que pueden ir desde los dos a los diez meses.

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