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Una madre y su hijo pasan con un paquete de palomitas frente al cartel que prohíbe introducir comida de fuera en los cines Yelmo de Megapark. Yvonne Iturgaiz
Multan con 30.000 euros a los cines Megapark y Artea por no dejar meter palomitas ni bebidas

Multan con 30.000 euros a los cines Megapark y Artea por no dejar meter palomitas ni bebidas

Dos asociaciones de consumidores denunciaron a la cadena Yelmo, que introdujo esta prohibición «abusiva» desde enero

Lunes, 4 de diciembre 2023, 11:20

30.001 euros. Es la multa que Kontsumobide acaba de imponer a la cadena de cines Yelmo por no dejar meter palomitas ni bebidas en sus salas de Megapark y Artea. Así lo ha dado a conocer hoy la delegación vizcaína de la asociación de consumidores Facua. Este colectivo se adhirió a la denuncia que la entidad EKA-Acuv presentó contra la empresa madrileña en enero pasado, tras avanzar EL CORREO la noticia de que desde el primer fin de semana después de Reyes, quedaba prohibida la entrada a estos establecimientos con productos comprados en el exterior.

Ambas denuncias ante el Gobierno vasco se centraron en que los cines tienen una actividad principal, que es el pase de material audiovisual, «y no te pueden imponer otra actividad accesoria como la venta de productos alimenticios o de bar». Se trataría de «una cláusula abusiva». Según valora Iñaki Velasco, abogado de EKA-Acuv, «se puede establecer una limitación global, esto es, que en el cine no se coma ni se beba absolutamente nada, pero no puedes decir que mis palomitas sí y las tuyas que son de fuera, no».

Cabe recurso ante los tribunales

Desde comienzos de año, tanto en Megapark como en Artea, la entrada a las salas ha estado franqueada por unos letreros, en castellano y euskera, en los que se señala que «la compañía no permite el acceso a estas instalaciones con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera del Yelmo, reservándose por tanto el derecho de admisión». La advertencia dice apoyarse en un decreto promulgado por el Ejecutivo autonómico hace tres años. En concreto, se cita el artículo 51.3 de la orden 17/2019 que regula los Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en Euskadi.

Ahora, Kontsumobide ha determinado que esta limitación no se ajusta a derecho. Contra la sanción cabe recurso administrativo y, posteriormente, judicial. Además, en Megapark se ha venido haciendo una excepción a esta norma impuesta por Yelmo: se puede entrar con comida de fuera si ha sido adquirida justo en la tienda que se ubica al otro lado de la pasarela. El establecimiento se llama «Regaliz» y allí atienden varios trabajadores con la ropa corporativa de los cines.

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