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Vista exterior del local donde se produjo la agresión. Luis Calabor
Cintas borradas, una patada y una mala caída en el homicidio de la discoteca 'Congreso'

Cintas borradas, una patada y una mala caída en el homicidio de la discoteca 'Congreso'

La memoria negra ·

Un portero fue condenado a dos años de cárcel por pegar a un joven que murió desnucado en la puerta del local bilbaíno en marzo de 1999

Miércoles, 4 de diciembre 2019, 01:08

Igor Etxebarria Arrien tenía 29 años. Aquella fatídica noche del 11 de marzo de 1999, el joven de Amorebieta había salido con un amigo por Bilbao y terminaron en la discoteca de moda de Uribitarte, que entonces se llamaba 'Congreso'. Alrededor de las seis y media de la madrugada, algo pasó que truncaría su vida para siempre. Según los porteros de la sala, se encendió el piloto rojo que indicaba que había un altercado en la pista. El colega de Igor, sin embargo, aseguró en el juicio, que se celebró más de cuatro años después, en enero de 2004, que mientras él hablaba con un jugador del Athletic, Igor estaba bailando tranquilamente con unas chicas. Cuando salió a la calle, se lo encontró ya tirado en el suelo sangrando.

El principal acusado,de 24 años y con domicilio en Urduliz, empleado de seguridad de la sala de fiestas, declaró que tuvieron que sacarle «entre dos» de la discoteca porque se había enzarzado en una discusión con otros jóvenes. Una vez fuera, se enfrentó con la víctima, que se mostraba «muy agresivo», y ambos cayeron al suelo. Delante del jurado, el portero asumió que cuando Igor se levantaba, le asestó una patada en la cabeza que, según los testigos, «le volteó completamente», le lanzó sobre la acera y le dejó tendido inmóvil en el suelo. El joven, que se encontraba bebido, entró en coma y permaneció debatiéndose entre la vida y la muerte durante diez días ingresado en el hospital de Basurto, donde finalmente no pudo sobreponerse a las graves lesiones y murió. Los forenses constataron que la patada no le causó la muerte, sino que el traumatismo craneoencefálico se produjo al golpearse con un bordillo de la acera. Se desnucó.

Coeficiente intelectual límite

La defensa alegó que su cliente «no tenía intención de matar» y que presentaba un coeficiente intelectual límite de 76, lo que fue admitido como atenuante por lo que fue condenado a dos años de prisión por un homicidio por imprudencia. Además del portero, también fueron condenados en el homicidio por encubrimiento el gerente de la discoteca, el encargado y una socia. Al comienzo del proceso se les acusaba de haber borrado las cintas de los cámaras de seguridad del local que habían registrado el enfrentamiento. Su letrado alegaba que el sistema de vídeovigilancia tenía un autograbado automático y que la Ertzaintza no reclamó las imágenes hasta más de 30 horas después de los hechos.

Finalmente, el Tribunal Supremo les absolvió al entender que no cabe el encubrimiento en un delito de homicidio por imprudencia, ya que cuando se borraron las imágenes, el chico ni siquiera había fallecido aún.

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