Hay un total de ocho casos en los que no se deberá abonar el recargo. Pedro Urresti

Barakaldo aplicará a partir de enero las exenciones en el pago del recargo de IBI por vivienda vacía

La medida, aprobada tras recibir numerosas quejas de propietarios, beneficiará a más de 2.600 vecinos

DIANA MARTÍNEZ

BARAKALDO.

Viernes, 27 de diciembre 2019

El Ayuntamiento de Barakaldo aplicará a partir de enero los ocho nuevos casos en los que la ciudadanía no deberá abonar el recargo del IBI por vivienda vacía. La medida, puesta en marcha en 2018, se aplica en más de 2.600 recibos, muchos de ... los cuales durante el próximo año podrán ver cómo quedan exentos del pago, siempre y cuando cumplan con los nuevos casos recogidos en la Ordenanza de Impuestos, Tasa y Precios Públicos.

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«Desde la puesta en marcha de esta medida, que tiene como objetivo impulsar el alquiler de las viviendas vacías, hemos detectado diferentes casuísticas a través de nuestros vecinos y creíamos que era necesario incorporarlas en la ordenanza para que la medida sea lo más justa posible», señaló ayer el concejal de Hacienda, Danel Sola.

Así, evitarán este cobro las personas con grado de dependencia que dejan su vivienda vacía para vivir con un familiar que les cuida, así como aquella persona que se traslada a vivir con un familiar dependiente para cuidarle en su casa. También los pisos que hayan estado ocupados o alquilados durante al menos 185 días al año o los que se han quedado deshabitados debido a reformas en el edificio, así como aquellas viviendas que acrediten que están realizando una reforma a la fecha de devengo.

Mayores de 70 años no dependientes

Completan el listado de casos los pisos que forman parte de una herencia, los cuales contarán con un plazo de 2 años para realizar la transmisión, ampliable hasta 5 años cuando por ausencia de testamento sea necesaria una declaración de herederos. Finalmente, también incluye a las viviendas que han sido objeto de transmisión durante el ejercicio anterior a la fecha de devengo, las destinadas a uso comercial, profesional o sedes de asociaciones políticas, sindicales o sin ánimo de lucro, así como las personas mayores de 70 años no dependientes.

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