A finales de febrero un joven que estaba robando un coche en Irala apaleó al dueño de ese vehículo cuando le descubrió en sus manejos. Lo curioso del caso es que el delincuente, de 24 años, en los cinco meses anteriores ya había sido detenido ... en nueve ocasiones por robar con violencia móviles en Bilbao, y había sido investigado por varios casos más. Todo eso, en cinco meses. Además, había utilizado siete identidades falsas distintas. Después de que esto se supiese por informaciones publicadas en EL CORREO, esta semana ha sido detenido.
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¿Qué está fallando? ¿Cómo es posible que no se logre retirar de la vía pública a gente que supone un claro riesgo para la convivencia? El asunto es conocido y ya el año pasado el Ayuntamiento de Bilbao admitió que tres de cada cuatro delincuentes detenidos en la ciudad son reincidentes. Como casi siempre, confluyen diferentes factores que propician este tipo de situaciones. El primero, un sistema penal civilizado y por lo tanto garantista, aunque con un debate abierto sobre dónde está el punto de equilibrio entre mantener ese garantismo sin comprometer la eficiencia del propio sistema. También hay una Justicia a la que le falta algo de agilidad. Y, como elemento crucial, una realidad social compleja que genera problemas de seguridad: en Bilbao la delincuencia no ha dejado de crecer en los últimos años.
Eugenio Artetxe
Director Justicia Gobierno vasco
Lo primero que hace Eugenio Artetxe, director de Justicia del Gobierno vasco, es una pequeña matización que puede parecer una maniobra elusiva pero ya se verá que no. En términos puramente técnicos «es diferente hablar de reiteración delictiva que de reincidencia». La primera, dice, se da cuando un mismo individuo acumula varias detenciones en una temporada sin que se le haya llegado a aplicar una condena (o una medida de seguridad si es menor de 18 años). La segunda, la reincidencia, se produce cuando vuelve a delinquir una vez que ha sido condenado y pasado por el sistema penitenciario o de menores.
La diferencia es relevante porque si se habla de reincidencia en términos técnicos la proporción es menor de ese 75% computado por el Ayuntamiento. En concreto, según Artetxe, entre menores la tasa de reincidencia se queda en el 13% porque «las medidas educativas tienen un impacto notable a esas edades, cuando las personas son más dúctiles». En los mayores los reingresos en prisión llegan al 27%. Se trata, eso sí, de las cifras generales para todos los delitos; en las que se refieren a ataques contra el patrimonio la proporción es más alta.
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La clave, según la tesis del Ejecutivo, es que «un delincuente puede llegar a tener cierta sensación de impunidad hasta que le cae la primera condena». Y hay jóvenes, incluso menores, «que pasan épocas muy malas» en las que encadenan un gran número de detenciones antes de que se cierre el primer proceso por el que son encausados, abunda Estefanía Ocáriz, doctora en Psicología e investigadora en el Instituto Vasco de Criminología.
Borja Vigo
Abogado penalista
A la vista de todo esto hay bastante coincidencia entre los distintos agentes (Gobierno vasco, jueces, abogados, policías) a la hora de señalar los juicios rápidos como mecanismo para intentar mejorar las cosas. «Es una buena manera para evitar esos meses de reiteración delictiva antes de la llegada de la primera condena», apunta Artetxe. Y recuerda que el año pasado, ante la creciente preocupación por la seguridad en Bilbao, se produjeron varias reuniones entre jueces, fiscales y cuerpos policiales «para ver cómo se podían presentar atestados de tal forma que se facilitase la 'instrucción exprés'». Pues aquello, ahora, «está dando sus frutos».
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¿Cuáles son esos frutos? El juez decano de Bilbao, Aner Uriarte, explica que «desde finales de 2023 se han incrementado un 40%». Es decir, en los juzgados de lo Penal «donde antes celebrábamos cuatro juicios rápidos en una sesión, ahora a menudo hay seis». En su opinión se está haciendo un esfuerzo importante por avanzar en esta dirección para «evitar este tipo de delitos», es decir, aquellos en los que un puñado de individuos descontrolados acumula detenciones sin pena. Es a lo que las policías, dolidas, siempre se refieren en los términos siguientes: 'entran por una puerta en el juzgado y salen por otra'.
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Los juicios rápidos son una posibilidad recogida en la ley para acortar los meses que suele durar una instrucción ordinaria en ciertos delitos. Por ejemplo, robos con violencia e intimidación, que son los que crean más alarma social. «Lo que supone es que el mismo día de la detención se puedan presentar todos los indicios en el juzgado», explica Uriarte. Se trata de casos, digamos, fáciles. Por ejemplo, cuando alguien le roba el móvil a una persona por la fuerza y al rato es capturado por la Policía, con el móvil robado en el bolsillo y, además, el sospechoso es identificado por la víctima.
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En estos casos la resolución judicial llegaría «en dos, tres o cuatro semanas», dice el juez decano. Eso sí, siempre que funcione de manera bien engrasada toda la maquinaria en el sistema judicial. También los mecanismos de la Administración de Justicia que permitan la valoración rápida del bien sustraído mediante tasadores, la gravedad de las lesiones por parte de médicos forenses... El hecho de que el juez de turno vea por delante un horizonte de resolución próxima le hace más proclive, además, a dictar prisión provisional. Mientras que si la perspectiva es una instrucción de meses sólo en casos muy sangrantes va a tomar esa medida cautelar.
Aner Uriarte
Juez Decano de Bilbao
La Fiscalía, parte esencial en todo este proceso, ha declinado participar en este análisis más allá de recordar que «es la Ley de Enjuiciamiento Criminal la que marca qué asuntos llevar por diligencias urgentes y cuáles no», y que «quien decide es el juez».
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En el otro lado están los abogados. La pasada semana, en un acto organizado por el Colegio de la Abogacía de Barcelona, los letrados catalanes debatieron sobre una serie de medidas para contener la «multirreincidencia» que allí también están sufriendo, que preocupa, y de la que no les cuesta hablar a las instituciones locales. El alcalde barcelonés, Jaume Collboni, dijo que existe un «clamor metropolitano» para que «los delincuentes dejen de reírse de nuestras policías».
Estefanía Ocáriz
Instituto Vasco de Criminología
Lo que se lanzó fueron, esencialmente, dos propuestas de reforma legal. La primera tiene que ver con endurecer la el tratamiento penal de la multirreincidencia. La redacción actual del Código Penal, reformada ya en 2022 para hacerla más estricta, establece que quien acumula tres condenas por hurto, si la suma total de los objetos supera los 400 euros, tendrá pena de prisión de 6 a 18 meses, en vez de una multa. Pues lo que los catalanes reclaman es quitar el requisito de los 400 euros y aplicar la agravante de multirreincidencia, dejando en todo caso a la defensa «la carga de la irrelevancia de la prueba».
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El otro cambio normativo que proponen es modificar la consideración del móvil, estrella absoluta en el universo del hurto y el robo. En Bilbao, a la mitad de las víctimas de delitos les han quitado el teléfono. Dado que se trata de un objeto que ocupa un lugar central en la vida de mucha gente, proponen los catalanes que se equipare con un artículo de valor artístico, histórico o de primera necesidad. Eso supondría castigar su sustracción con una pena de prisión de uno a tres años.
¿Qué opina el Colegio de la Abogacía de Bizkaia? Prefiere no pronunciarse y no trabaja en estas claves, un silencio tras el que se adivina poca sintonía. Borja Vigo, abogado penalista en Bilbao, aporta ciertas reflexiones a título particular. Y es crítico. En relación a los 400 euros, considera que dejarle a la defensa el trabajo supone «una inversión de la carga de la prueba» que vulnera un principio básico del Derecho Penal. Y entiende que tener en cuenta la cuantía de los hurtado siempre es necesario para que no sufra el principio de proporcionalidad.
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En cuanto al hecho de considerar el móvil de un modo especial, no lo ve. «No comparto como argumento justificativo del agravamiento de la pena el hecho de que en el móvil está todo: tu privacidad, tu intimidad, tu vida». A juicio de Vigo, a veces es cierto y otras veces hay gente que sólo lo utiliza para llamar. Pero, aún en el primer caso «se trata de bienes jurídicos diferentes, el del patrimonio y el de la intimidad». Si se vulnera el segundo, ya hay tipos penales que lo contemplan, como la revelación de secretos.
En fin, a su juicio, hacer una regulación ex profeso para algo como el móvil abriría la puerta a hacer lo mismo luego con los relojes inteligentes o cualquier aparato que llegue a nuestras vidas. Eso sí, admite que hay una «inquietud social» que padece de un modo directo como «víctima», él también, «de estos hurtos».
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En su contexto
75% de las personas detenidas en Bilbao han sido arrestadas con anterioridad.
Reiteración delictiva y reincidencia Hay diferencias. La reiteración delictiva implica varias detenciones a una persona antes de ser condenada por un delito. La reincidencia es cuando vuelve a delinquir una vez que ha sido condenado.
105.800 infracciones penales hubo en Euskadi en 2023, la cifra más alta de la historia.
27% de los adultos condenados por delinquir regresa a prisión. Se trata de un porcentaje aparentemente bajo porque incluye todos los delitos, incluso los más graves. En los delitos contra la propiedad la proporción es más elevada.
13% es la proporción de menores de edad que reinciden en los tres años siguientes tras cumplir las medidas educativas.
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