Mostrador de recepción en el Ayuntamiento de Vitoria.

Primer fallo judicial contra el abuso de la temporalidad en la Administración vasca

El Tribunal Superior obliga a readmitir como indefinida no fija a una eventual del Ayuntamiento de Vitoria

PILAR ARANGUREN

Jueves, 15 de diciembre 2016, 00:46

Nuevo revés judicial, en este caso contra la Administración vasca, por los trabajadores temporales. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) obliga al Ayuntamiento de Vitoria a readmitir como indefinida no fija a una trabajadora temporal que concatenó diferentes contratos desde 1995 hasta 2013, al considerar que ha sido «abusiva y contraria al derecho» en la medida en que se ha utilizado una contratación de duración determinada para cubrir un servicio indefinido.

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV fundamenta su fallo en una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE dictada el 14 de septiembre, el mismo día que emitió otro fallo sobre la equiparación de indemnizaciones entre temporales y fijos. En este caso, el Tribunal Europeo (TJUE) respondió también a sendas cuestiones prejudiciales planteadas en 2013 en las apelaciones realizadas por esta demandante y por otro trabajador temporal de Osakidetza. El máximo tribunal europeo dictaminó que la utilización de contratos de duración determinada sucesivos para atender necesidades permanentes en la Administración es contraria al derecho de la UE.

Se trata del primer pronunciamiento del TSJPV en base al fallo europeo. En pocos días se dará a conocer otro respecto a un trabajador de Osakidetza, al que se le rescindió la relación laboral tras dos años y medio concatenando trece contratos temporales. La demanda fue presentada por ELA y está en fase de deliberación. Todo apunta a que irá en la misma línea, ya que la argumentación utilizada en ambos casos es la misma, como indica el fallo dado a conocer ayer.

La sentencia, del 12 de diciembre, revoca una anterior del Juzgado número 1 de Vitoria de septiembre de 2013 por la que se cesó a la empleada en su puesto de trabajo. El fallo, emitido por los magistrados José Antonio González Sáiz, Trinidad Cuesta Campuzano y María del Mar Díaz Pérez, considera que en este caso «se ha desnaturalizado por completo la designación temporal de empleados públicos cobijando en ella supuestos que le resultan ajenos y encubriendo una relación de servicios de carácter indefinido, actuando en fraude de ley».

El fallo considera que la contratación ha sido «abusiva y contraria a derecho». Destaca que la respuesta dada por el tribunal de la UE es tan concreta que prácticamente lo deja resuelto. Señala que la sentencia de la Justicia comunitaria se puede resumir en que la solución al caso consiste en aplicar la misma jurisprudencia consolidada en el Orden Jurisdiccional Social respecto de la utilización abusiva de contrataciones temporales de empleados públicos; esto es, anular la extinción y considerar la relación como indefinida no fija. En consecuencia, dicta que la trabajadora continuará como indefinida no fija hasta que la plaza se cubra reglamentariamente, o se amortice, o el Ayuntamiento decida convertir el puesto en estructural.

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45.000 personas

El fallo señala que en el supuesto de que sea necesario el cese del trabajador, siempre que sea justificado, percibirá la indemnización señalada por el TJUE, en la que se equipara la de los temporales a los fijos, que en la actualidad está establecida en veinte días por año trabajado con un límite de doce mensualidades. Contra la sentencia cabe un recurso de casación.

Mari Cruz Vicente, número dos de CC OO de Euskadi, mostró su satisfacción porque la sentencia se hace eco del fallo del TJUE, «que viene a decir que la eventualidad que existe en la Administración es preocupante». Al tiempo, reclamó a la Administración vasca que dé una solución inmediata a la alta temporalidad 45.000 trabajadores abriendo negociaciones para abordar esta cuestión.

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