José V. Merino
Viernes, 21 de octubre 2016, 02:07
El Tribunal Superior del País Vasco acaba de dictar una sentencia pionera en España que equipara las indemnizaciones a los trabajadores con contrato temporal y fijo. El fallo interpreta una reciente resolución de la Justicia de la UE y, si se generaliza, puede tener consecuencias ... de profundo calado para cientos de miles de empleados y también para las empresas (en algunos casos, administraciones) que les contrataron. Estas son algunas de sus claves:
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La sentencia
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que preside la magistrada Garbiñe Biurrun, dictó el 18 de octubre una sentencia que puede cambiar en profundidad el panorama sociolaboral español. ¿El motivo? Que generaliza el principio de no discriminación entre contratos temporales y fijos, a lomos de una resolución del Tribunal de la Justicia de la UE de mediados de septiembre que equiparaba los derechos en esta materia de los trabajadores cuando finaliza la relación laboral.
Las primeras estimaciones
El caso en cuestión que ha dado origen al terremoto es en apariencia pequeño: el referido a una empleada de la Fundación Vasca de Innovación e Investigación Sanitarias, que trabajó algo más de tres años en el hospital de Galdakao estudiando la implantación de una metodología de evaluación económica. Y también relativamente barato al suponer apenas 5.400 euros de indemnización, a los que hay que descontar la cantidad que la empresa abonó a la trabajadora en su momento por el fin del contrato. Pero las consecuencias, a los ojos de todos los especialistas, son incalculables. ¿Por qué? Porque los jueces creen que la empleada merece una indemnización de 20 días por año trabajado, como si hubiese tenido un contrato fijo, en vez de los 12 previstos actualmente por la ley. Y hay cientos de miles de personas en toda España en la misma situación.
Los puntos de vista
A la vista de los primeros pronunciamientos, hay al menos tres posturas claras sobre la cuestión.
Por un lado están los empresarios. Su ánimo oscila entre la indignación y el desconcierto. Piensan que no se pueden cambiar constantemente las reglas del juego a costa del bolsillo de las empresas y temen, sobremanera, los posibles efectos retroactivos de la resolución judicial. En el sector privado pueden reclamar los operarios cuyo contrato haya finalizado hasta un año antes de la sentencia del Tribunal de la UE - fue el 14 de septiembre-, y todos los que terminen a partir de ahora. Algunos medios estiman que para las compañías vascas el coste puede rondar los cien millones de euros.
Hay un empresario especial, que es la Administración, particularmente activa en la contratación de personal interino y temporal. Ahí la situación puede ser incluso más gravosa, ya que el plazo de reclamación se extiende a cuatro años atrás y, según los cálculos de ELA, el primer sindicato vasco, la factura ascendería, al menos, a 200 millones de euros sólo en dos de los sectores más afectados: el sanitario y el educativo.
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Los cuatro grandes sindicatos - ELA, LAB, CCOO y UGT- van, en esta cuestión, de la mano de la magistrada Biurrun, la máxima autoridad judicial en la materia en Euskadi. Creen que la situación es tan clara que todos los trabajadores afectados deben recurrir sin dudarlo a la Justicia porque la razón está de su lado y así se les reconocerá, aunque el Tribunal Supremo aún no ha fijado doctrina, cosa que hará en cuanto otro tribunal superior autonómico discrepe de la sentencia de la Sala del País Vasco. La duda es si muchos trabajadores irán al juez ante la eventualidad de que las cantidades a recuperar vayan a ser muy pequeñas en la inmensa mayoría de los casos. Vamos, si valdrá la pena hacerlo, aunque muchos expertos creen que sí, dado que una demanda por reclamación se puede presentar directamente por el trabajador afectado ante el tribunal por tratarse de una jurisdicción que no exige la participación de letrados.
¿Y los políticos, cómo lo ven? A ellos miran empresarios y trabajadores porque, en el fondo, todos saben que la directa para resolver la cuestión puede ser cambiar la legislación. El propio Partido Popular, en estos momentos en los que -a la fuerza ahorcan- tiene que olvidarse del rodillo parlamentario, ya ha mostrado su predisposición a hacerlo.
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Las consecuencias
Hasta ahora, sólo los empresarios se han atrevido a decir qué puede pasar. Y lo han hecho en dos sentidos. De forma clara han dicho que la inseguridad generada por la sentencia hará caer el número de contrataciones porque las empresas toman sus decisiones en función de «las seguridades» que tengan. Y la segunda advertencia, esta más difusa, es que si cambia uno de los elementos fundamentales que hasta ahora diferencia un contrato temporal de uno indefinido - el monto de la indemnización-, habrá que ver en qué sentido lo hace. En suma, «si hay que igualar las indemnizaciones habrá que ver por dónde se igualan, ya que, una vez abierta la espita, se abren todas las posibilidades de igualarlas por arriba... o por abajo».
Esto es: que, al fin y a la postre, lo que parecía una conquista de los trabajadores puede convertirse en una losa más para la contratación y en un nuevo palo entre las ruedas de los parados, a los que será todavía más difícil volver al mercado de trabajo. Ello por no hablar de la repercusión directa que la aplicación de la sentencia puede tener sobre los precios finales de los productos en todos aquellos sectores donde las empresas sí puedan replicar los costes.
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