El 'caso Gaztelueta' queda cerrado. La familia del joven que fue víctima de abusos sexuales en el colegio de Leioa activará ahora un proceso civil de reclamación por daños y perjuicios contra el centro escolar después de que el Tribunal Constitucional haya decidido no admitir ... a trámite el recurso de amparo presentado por el profesor y numerario del Opus Dei José María Martínez contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenaba, según ha publicado eldiario.es y han confirmado representantes legales de la familia: «No ha habido resolución porque no se cumplían los requisitos para admitir a trámite el recurso».
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Los hechos denunciados por Juan Cuatrecasas, la víctima ahora ya adulta, se produjeron entre 2008 y 2010, iniciándose cuando tenía 12 años. La Fiscalía cerró el caso en 2013, pero prosperó en 2015. En 2018, una década después de que se iniciaran los abusos y tras un juicio que se prolongó durante varios días, el docente fue condenado a 11 años de prisión por la Audiencia de Bizkaia, pero nunca entró en la cárcel, ya que el Supremo le rebajó la pena en 2020 a 2 años.
La sala de lo Penal del Alto Tribunal estimó en parte el recurso que presentó la defensa del profesor y ordenó una sustancial rebaja de la pena porque consideró que los dos últimos de los cinco episodios de abusos relatados por el denunciante, y los más graves, no quedaron suficientemente probados durante la vista oral y que se había vulnerado el derecho a la presunción de inocencia del docente. Aun así, los magistrados sí consideraron probado que el joven fue víctima de abusos desde segundo de la ESO hasta que abandonara el colegio porque «la declaración de la víctima, su persistencia a lo largo del tiempo, el testimonio indirecto de familiares y profesionales (...) y la inequívoca constatación de que la víctima padece un shock postraumático son elementos probatorios».
Posteriormente, la Audiencia de Bizkaia desestimó la petición de ejecución de la pena de la familia. Es decir, rechazó el ingreso en prisión del docente al carecer de antecedentes, no haber delinquido y estar cumpliendo sus obligaciones con la Justicia. Antes que eso, el caso llegó al Vaticano, que envió a un representante de la Congregación para la Doctrina de la Fe a investigar. La Santa Sede archivó el caso por falta de pruebas en una actuación muy discutida. Posteriormente, reconocieron «errores» en su investigación.
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El centro educativo de Leioa siempre defendió al profesor. El 29 de septiembre de 2020, el director del centro, Imanol Gorrayola, envió una carta a las familias para explicarles que el Tribunal Supremo había rebajado la pena de once a dos años de cárcel al antiguo profesor, que «seguía defendiendo su completa inocencia», y que su abogado estaba estudiando un recurso ante el Tribunal Constitucional. «El colegio reitera su total compromiso frente a cualquier situación de abuso o acoso que pueda sufrir un menor y nuestra más firme determinación en la lucha contra estos gravísimos delitos», aseguró.
Gaztelueta mantiene activa una página web donde da información del proceso y en la que cuestiona a la víctima, en la que se apunta que «las acusaciones han ido evolucionando y agravando. En junio de 2011, fueron fundamentalmente por el ciberbullying y un supuesto acoso escolar en la que estaría implicado el profesor como instigador y del que recibía maltrato emocional y en junio de 2015, el joven se querelló por haber sufrido supuestos abusos y agresión sexual».
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La inadmisión a trámite del recurso ante el Constitucional ha trascendido justo cuando ha finalizado el plazo que la Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, dio a las fiscalías autonómicas para que remitieran casos sobre agresiones y abusos sexuales a menores de edad en instituciones religiosas. Ahora suma 68 querellas abiertas sobre casos de pederastia en el seno de la Iglesia española. Cuatro de ellos sucedieron en Euskadi, como ya publicó este periódico. Tres corresponden a Álava y el último a Bizkaia, según el recuento oficial del Ministerio Público. Se trata de denuncias que se han registrado en sede judicial o por parte de las fiscalías superiores, y no se incluyen las causas ya juzgadas o aquellos que recurrieron a la vía canónica en vez de a la civil.
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