La magistrada-presidenta del tribunal popular que ha juzgado el crimen de La Peña, Silvia Martín, ha impuesto al acusado, Jorge Mateos, la «pena máxima legalmente posible» por el asesinato de su exmujer y madre de sus dos hijos menores, Leyre Rodríguez, ... de 34 años, según la sentencia que ha hecho pública la Sección Primera de la Audiencia vizcaína. La jueza le condena a 25 años de prisión por el delito de asesinato con alevosía y los agravantes de parentesco y género por la forma «tan perversa en que llevó a cabo la muerte». No sólo la golpeó «con saña, brutalidad y sin piedad» contra el canto de peldaño de la bañera hasta en seis ocasiones provocándole graves lesiones en la cabeza. Después, «aprovechándose de la absoluta indefensión de la víctima», ya que la había dejado inconsciente, la atropelló «a escasísima velocidad hasta el límite de dejar marcado en su brazo la numeración del neumático» para después volver a pasarle por encima causándole la muerte «por aplastamiento».
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Según los hechos declarados probados por el jurado, en cuyo rápido e implacable veredicto anunciado el pasado día 16 de abril se basa el fallo, Mateos se presentó en el piso del barrio de Ollargan donde vivía Leyre con sus dos hijos tras su reciente separación sobre las nueve y media de la noche del 7 de agosto de 2015.
La jueza se ha inclinado por la petición de pena de la acción popular, representada por la asociación Clara Campoamor, por encima de la que solicitaba la fiscal, 23 años, y por debajo de la de la acusación particular, que reclamaba 30 años de prisión. Además, le impone una pena de 10 años de libertad vigilada y le prohíbe acercarse a la familia de Leyre, «especialmente a sus hijos» durante 30 años. El fallo fija también la responsabilidad civil y concede una indemnización de 200.000 euros a cada uno de los dos niños, y 30.000 euros al hermano de Leyre, que ha asumido su tutela. La magistrada retira a Mateos la patria potestad de los menores y le impone las costas procesales.
La sentencia considera que los 26.000 euros que ingresó el acusado en la cuenta del juzgado como reparación del daño no justifican una reducción de pena como argumentaba la defensa, ya que «los hechos van a dejar huella en esos menores para toda una vida». Respecto al atenuante de dilaciones indebidas que también pedía el letrado de Mateos, la magistrada entiende que «no se ha alegado ni probado la existencia de una paralización» del proceso, ni tampoco las partes opusieron objeción a las pruebas que se fueron practicando durante la instrucción.
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