M.F.A.P., de 50 años, conocido como 'el depredador sexual de Iturribide', ha sido condenado a siete años de prisión por un delito de abusos sexuales con acceso carnal a una joven que se encontraba bebida y sin capacidad de dar su «consentimiento ... libre y consciente». En este caso, los jueces le aplican además la agravante de reincidencia porque cinco días antes de los hechos había sido sentenciado por el juzgado número 4 de Penal de Bilbao por otro delito contra la libertad sexual.
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El hombre, que regentaba el bar 'Iturriondo' en la calle Iturribide del Casco Viejo bilbaíno, arrastraba denuncias por sobrepasarse con mujeres al menos desde 2003, cuando una menor de 17 años le identificó como su agresor. Cuando la joven iba al colegio, la abordó en la calle Askao y la sometió a tocamientos de índole sexual. Un viandante que vio la escena le llamó la atención y el individuo se dio a la fuga. La adolescente salió tras él instintivamente y entonces se puso a correr. Se celebró un juicio, en el que él asumió los hechos y fue condenado a una multa.
Posteriormente, en marzo de 2018, fue detenido por la Ertzaintza como presunto autor de los abusos sexuales a seis jóvenes de 20 a 25 años a las que supuestamente emborrachaba con la excusa de hacerles una prueba para trabajar como camareras en su establecimiento.
El propio acusado se presentó en una comisaría para denunciar un delito de calumnias en una red social, en la que se aseguraba que había abusado de una mujer a la que «atiborró» a chupitos. Se llegó a convocar una manifestación en la puerta del local, que entonces aún seguía regentando. La presión social le llevó a cerrar el negocio. La Audiencia vizcaína consideró entonces que los hechos que se le imputaban no habían quedado acreditados y resultó absuelto.
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Ahora, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) acaba de confirmar la última sentencia de la Audiencia vizcaína en su contra, que aún no se ha ejecutado, a siete años de prisión más ocho de libertad vigilada, durante los que deberá seguir un programa de educación sexual. También debe indemnizar a la víctima con 9.000 euros.
Según los hechos considerados probados, el 15 de junio de 2021, justo hace tres años, una joven celebraba «que había aprobado el trabajo de fin de grado» que estaba estudiando, señala la resolución. Había tomado kalimotxos y chupitos con amigos, entre los que se encontraba su pareja. Cuando llegaron al bar del acusado, éste siguió sirviéndole alcohol. La chica sólo le conocía de vista. Según un testigo, que había trabajado en el local del Casco Viejo, detrás de la barra tenían unas botellas sin marcar con las que el hostelero preparaba los combinados. La Fiscalía y la acusación particular, ejercida por la asociación feminista Clara Campoamor, pedían nueve y diez años de prisión, respectivamente, por los delitos de abuso sexual con acceso carnal y otro de lesiones leves, ya que la mujer presentaba heridas en las rodillas.
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Estas acusaciones sostenían que el procesado vertió «alguna sustancia» en la bebida para anular la voluntad de la víctima, lo que se conoce como sumisión química, aunque la Sección Segunda de la Audiencia vizcaína considera que este extremo no se ha podido demostrar, «bien porque se tomaron las muestras fuera del rango temporal en que dichas sustancias se detectan en el cuerpo o porque no se utilizaron».
Su novio se marchó a casa -vivían cerca- y ella se quedó. El joven bajó varias veces a buscarla porque no le contestaba al móvil y al pasar por el bar donde la había dejado lo veía apagado y cerrado. La chica no recuerda absolutamente nada de lo ocurrido, tan sólo un flash de «estar vomitando en el bar». Cuando llegó a casa, de madrugada, se desplomó en el baño. «¿Qué me ha pasado?, ¿qué me han hecho?», empezó a gritar. Sentía dolor en sus partes íntimas y malestar, por lo que llamó a la Ertzaintza, que abrió una investigación. Se encontró el ADN del condenado entre las muestras biológicas recogidas a la víctima.
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