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Jueves, 25 de abril 2024, 01:31
La Sección Primera de la Audiencia de Bizkaia ha condenado a un hombre a 12 años de prisión por abusar sexualmente de manera continuada de la hija menor de su pareja, cuando tenía entre diez y doce años. Además, ha impuesto la misma pena a la madre de la víctima como cooperadora de los abusos, porque «era plenamente conocedora de los hechos, los consentía y no hizo nada por impedirlos». De hecho, la pequeña recurrió a ella en busca de ayuda, y esta le dijo que «las cosas de casa no se cuentan, se quedan en casa».
El tribunal declara probado que, desde febrero de 2021 y hasta mayo de 2022, el procesado mantuvo relaciones sexuales en la vivienda familiar con la niña cuando tenía entre diez y once años, «con el propósito de satisfacer sus deseos libidinosos, aprovechándose de la situación de privilegio» de ser pareja de la madre y «padre de hecho de la menor».
La sentencia incide en que la madre de la menor conocía «perfectamente» lo que hacía su pareja y, «lejos de denunciar los hechos y de tratar de poner fin a tales ilícitos comportamientos», los «consentía». En este sentido, relata también que la niña «acudió a su madre para que la protegiera» y que la respuesta de esta fue que «las cosas de casa no se cuentan, se quedan en casa». «De esta manera (la madre) consiguió que los hechos no salieran del ámbito familiar y posibilitó, con su pasividad y omisión de cualquier actuación tendente a impedirlo, que el otro acusado pudiera continuar con su ilícito proceder», afirma.
En base a las declaraciones de la menor, de los dos acusados y los testigos y peritos, la Audiencia vizcaína llega a la conclusión de que el testimonio de la víctima no es «fabulado», ni falso, ni responde a «móviles espurios», como mantuvieron los dos procesados durante el juicio.
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