Imagen de archivo de una plantación de marihuana bajo techo. ELCORREO

Clubs de cannabis en Bizkaia: absueltos por creer que el cultivo era legal pero condenados por robar electricidad

La Audiencia Provincial de Bizkaia considera que la responsable de la Asociación Maitena actuó antes de que una sentencia del Suprema estableciera que es ilícito plantar la droga para su distribución

óscar b. de otálora

Martes, 15 de mayo 2018, 13:48

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Bizkaia ha dictado una sentencia en la que absuelve a la presidenta de un club de cannabis de Bilbao del delito de tráfico de drogas e integración en un grupo criminal pero le condenan por el robo de la electricidad que se utilizaba para mantener en funcionamiento un cultivo 'indoor' de marihuana en Abadiño. A la hora de declararle inocente, el fallo tiene en cuenta que la responsable de club Maitena, que abastecía de esta sustancia a cien personas, creía que estaba actuando desde la legalidad y cumplía la ley. Según la sentencia, los hechos tuvieron lugar en 2014 y no fue hasta 2015 que un fallo del Supremo estableció que sí es delito organizarse para la plantación y venta de estas sustancias.

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La actuación policial que permitió descubrir esta plantación de marihuana se produjo en 2014, cuando la Ertzaintza localizó una plantación de marihuana en el polígono industrial Astola de Abadiño. Los agentes encontraron 830 plantas (13,6 kilos) y todo el montaje de aparatos necesarios para mantener en marcha el cultivo bajo techo de esta planta. La energía para activar los dispositivos se obtenía de una toma ilegal de Iberdrola. El local estaba regentado por la Asociación Cannabis Maitena, que pagaba a un jardinero 1.000 euros al mes para el cuidado del cultivo. El producto que entregaban a los socios era dos gramos al día o quince a la semana.

Tres años de cárcel

A raíz de estos hechos, la Fiscalía solicitaba para los responsables del club de cannabis tres años y un día de prisión y una multa de 85.000 euros. Iberdrola exigía el pago de 50.866,51 euros por el fluido eléctrico robado.

La sentencia recuerda que los responsables del club invetigado se dieron de alta en el registro de asociaciones del Gobierno vasco y creían que estaban actuando desde la legalidad. Según el fallo, el Tribunal Supremo no diferenció hasta 2015 que es muy distinto que un grupo de personas se coordine para consumir marihuana y otra muy distinta «la organización de una estructura metódica, institucionalizada, con vocación de permanencia y abierta a la integración sucesiva de un número elevado de personas», lo que sí sería delito. Para los jueces, la responsable del club de cannabis actuó desde un «error invencible de prohibición» al creer que estaba actuando legítimamente cuando no es así. Es por este motivo que les absuelve del delito de tráfico de drogas.

Con respecto al robo de electricidad, la Audiencia reconoce que sí se produjo el delito ya que los dispositivos para cultivar la marihuana se habían conectado de forma irregular a la red. El fallo les obliga a indemnizar a la compañía con 7.116, 43 euros, el equivalente a seis horas de utilización diaria de la electricidad durante un año.

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