F. L. Murgia
Miércoles, 6 de marzo 2024, 15:51
La Audiencia de Bizkaia ha absuelto a dos constructores, un arquitecto y una asesora municipal de Alonsotegi de los delitos de malversación, prevaricación, fraude de subvenciones y falsedad documental por un caso relacionado con ayudas públicas y obras no ejecutadas en la localidad encartada, según ... ha podido saber EL CORREO de fuentes judiciales. La sentencia y todos sus detalles y razonamientos jurídicos se hará pública en las próximas horas. Contra la resolución cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
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El juicio se celebró el pasado 9 de enero y en el banquillo no se pudieron sentar otros dos acusados: José Luis Erezuma, alcalde entre 2011 y 2015 por el PNV, y el aparejador municipal. Ambos fallecieron en el transcurso de la larga instrucción llevada a cabo por un juez de Barakaldo.
La vista estuvo a punto de no ser celebrada, ya que las defensas, la Fiscalía y las acusaciones (ejercidas por el Ayuntamiento de Alonsotegi, la Diputación y EH Bildu) llegaron a un acuerdo previo por el que los procesados se declaraban culpables de varios delitos, castigados con una pena de dos años, lo que les permitía eludir la cárcel. Aquel pacto saltó por los aires a última hora por la negativa de uno de los implicados a la hora de abonar el supuesto perjuicio causado a las arcas públicas.
La sentencia recoge como hechos probados que Alonsotegi percibió en 2012 una subvención de 600.000 euros por parte de la Diputación para realizar tres obras de arreglos que nunca se llegaron a ejecutar. En concreto, se trata de los bajos de la casa consistorial, el ambulatorio y un muro en la carretera general. En su lugar, el alcalde y dos constructores acordaron destinar ese dinero al pago de una deuda previa que el Consistorio mantenía con la empresa de los acusados por la edificación del ambulatorio de la localidad. Algo que los propios empresarios confesaron ante el juez de instrucción durante su primera declaración.
Pese a ello, los magistrados consideran ahora que «no ha habido un perjuicio» para los fondos públicos, al haberse destinado el dinero a cubrir una obligación de pago reconocida por el Consistorio, por lo que les absuelven del delito de malversación. La Audiencia considera también prescrito el delito de falsedad documental, en contra del criterio de la Fiscalía, que reclamaba penas de tres años para los cuatro procesados. Y tampoco les encuentra culpables del ilícito de prevaricación. En este punto, los jueces señalan al fallecido alcalde como el ideólogo y la persona que se encargó de controlar la maniobra para el desvío de fondos hacia otro fin que no tenía nada que ver con el destino autorizado de las subvenciones recibidas. En gran medida, el resultado absolutorio de la sentencia para todos los acusados tiene que ver con el hecho de que el exregidor no haya podido ser juzgado, al haberse extinguido con su muerte cualquier posible responsabilidad penal.
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La Audiencia también afea a la Diputación el nulo control que habría tenido sobre las ayudas entregadas, ya que no se destinaron al fin previsto y el caso salió a la luz varios años después, cuando el grupo municipal de EH Bildu presentó una denuncia. Lo más probable es que las acusaciones recurran la sentencia. Se trata del primero de los tres casos sobre delitos de corrupción que se juzgarán en Alonsotegi y que implican a tres alcaldes que gobernaron el Consistorio entre 1999 y 2015.
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