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AGENCIAS
Martes, 19 de mayo 2015, 11:59
La Diputación Foral de Bizkaia ha destacado que, de la sentencia del Tribunal General de la Unión Europea (TUE) sobre los convenios con Habidite, "no se puede deducir ninguna clase de perjuicio económico para la institución foral, en beneficio de la empresa", y ha anunciado ... que estudiará recurrirla ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al considerar "correcto su proceder de notificar antes del abono".
En un comunicado, la Institución foral se ha pronunciado, de esta forma, ante la sentencia, dada a conocer este martes por la Corte de Luxemburgo, que desestima el recurso de la Diputación de Bizkaia contra la decisión de la Comisión Europea de junio de 2012 en virtud de la cual declaró ilegales ayudas públicas que concedió en el marco de dos convenios firmados en 2006 para promover la implantación en la localidad de Alonsotegi de una factoría de Habidite para fabricar módulos de construcción.
En primer convenio, conocido como 'convenio sobre suelos', la Diputación de Foral de Bizkaia y la sociedad pública de Bizkailur se comprometían a adquirir un terreno y a adaptarlo para uso industrial para la factoría de Habidite y a transmitir a Habidite la propiedad del suelo adaptado por un precio equivalente al coste efectivo asumido por Bizkailur. El precio se dividiría en 4 pagos anuales del 25% cada uno, aunque Habidite no tenía que empezar a pagar hasta transcurridos cuatro años desde que se formalizara la escritura de transmisión.
En el marco del segundo convenio, conocido como 'convenio sobre viviendas' y firmado entre Habidite Technologies, el grupo Habidite y el grupo Afer, la Diputación Foral de Bizkaia le compraría a Habidite un total de 1.500 viviendas, que posteriormente se venderían en régimen de viviendas tasadas a un precio establecido por el Gobierno vasco. Habidite recibiría por las viviendas aproximadamente el 83% del precio de venta al público aplicado por Bizkailur y el 100% del precio de garajes y trasteros y la Diputación vizcaína conservaría aproximadamente el 17% del precio de venta al público, a excepción de garajes y trasteros.
La Comisión Europea abrió en 2009 una investigación para determinar si los convenios que le notificaron ese año las autoridades españolas respetaban las normas comunitarias por sus dudas sobre las condiciones de devolución de los gastos efectuados por Bizkailur para la adquisición de los terrenos destinados a la factoría de Habidite y su adaptación a un uso industrial contemplados en el primer convenio y sobre las condiciones de adquisición y venta de las 1.500 viviendas fijadas en el segundo convenio. Según la Diputación, esta sentencia "zanja en instancia el debate jurídico mantenido con la Comisión Europea sobre el momento en que le han de ser notificadas las ayudas públicas incluidas en contratos o acuerdos alcanzados por instituciones públicas, en este caso con una empresa Habidite".
Ningún beneficio a la empresa
Para la Comisión, ha señalado la Institución foral, "la obligación surge con anterioridad a la firma de tales contratos", pero la Diputación "discrepaba de tal apreciación, entendiendo que puede notificarse con posterioridad". "La sentencia hoy conocida desestima la pretensión defendida por la Diputación. Es una resolución que, por lo demás, no otorga ningún beneficio a la empresa afectada por la decisión de la Comisión adoptada el 27 de junio de 2012", ha precisado la Diputación, que estudiará recurrirla ante el tribunal europeo, "por su contenido doctrinal respecto del momento de notificación de las ayudas", pues considera "correcto su proceder de notificar antes del abono, que nunca se realizó".
Para la Diputación, esta sentencia "no aporta ninguna novedad en cuanto al fondo del asunto, ya que hablamos en todo momento de un debate conceptual y formal". Además, ha destacado que, de esta decisión judicial, no se puede deducir ninguna clase de perjuicio económico para la Diputación Foral de Bizkaia, en beneficio de la empresa, la cual, por lo demás, carece de toda actividad".
Por otro lado, desde la Diputación vizcaína han recordado que el empresario Jabyer Fernández y su hermana "están condenados en firme por el Tribunal Supremo a penas de tres años y 18 meses de prisión, respectivamente, y, a día de hoy, se encuentran a la espera de su ingreso en prisión". Asimismo, ha señalado que "el empresario y su hermana están también condenados a abonar en total más de 35 millones de euros a los acreedores de la antigua Iurbenor por insolvencia punible con alzamiento de bienes" y, en ese sentido, ha recordado que "el acreedor es la propia Hacienda Foral de Bizkaia, y por tanto, toda la ciudadanía de este Territorio Histórico".
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