En febrero de 2019, el Tribunal de Luxemburgo decidió que los clubes de la Liga que no son sociedades anónimas deportivas, entre ellos el Athletic, podían disfrutar de un tipo de gravamen reducido en el Impuesto de Sociedades. En concreto, siete puntos inferior al que ... recae sobre las mercantiles. Era la respuesta a un litigio que arrancó en 2016 cuando la Comisión Europea decidió que la fiscalidad de los clubes deportivos en España podía esconder «ayudas de Estado», al ser inferior a la que se aplicaba a las sociedades mercantiles.
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Pero la Comisión Europea no se quedó satisfecha con aquella decisión y decidió recurrir la sentencia, cuya vista se celebró el miércoles en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y cuyo veredicto habrá que esperar unas semanas para conocerlo. En dicha vista, el Ejecutivo Comunitario planteó que no está nada de acuerdo con considerar que el régimen fiscal de estos cuatro equipos de fútbol -Barcelona, Real Madrid, Athletic y Osasuna- no «constituye una ayuda de Estado ilegal». Y pretende «homogeneizar» la situación de las entidades deportivas.
Gracias a lo que la UE cree un trato diferenciado, los clubes disfrutaron de un tipo fiscal ventajoso del 25% frente al 30% habitual para el resto, según su argumento. Por eso, en su momento, allá por 2016, Bruselas exigió «una multa de hasta 5 millones de euros para cada equipo», que en 2019 rechazó el Tribunal de Luxemburgo.
El origen de la batalla que la UE mantiene contra los cuatro clubes españoles que no son SAD tiene que ver con la ley del deporte de 1990. En aquel momento, los equipos que habían obtenido balances económicos positivos pudieron acogerse a la posibilidad de seguir siendo considerados clubes deportivos, algo que Bruselas no acepta desde 2013, cuando empezó a investigar una supuesta situación irregular.
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Desde ese momento, el organismo europeo se refirió a los «privilegios fiscales» que reflejó en un expediente abierto al Athletic, Real Madrid, Barcelona y Osasuna, los únicos equipos que continuaron su actividad como «organizaciones sin ánimo de lucro». Para la UE, se trataba de una situación anómala que les habría reportado sustanciales «privilegios» fiscales. Dicho de otro modo, el Athletic disfrutaba de un impuesto inferior al de la mayoría de clubes de Primera, lo cual colocaba a la entidad de Ibaigane en una situación de ventaja.
Así que en una sentencia de verano de 2016, tras catalogar la situación como «discriminación ilegal», Bruselas consideró que estas entidades debían abonar un máximo de 5 millones de euros por «privilegios fiscales» desde 2011. Ante tal situación, los cuatro clubes afectados recurrieron al Tribunal General, que tres años después, en febrero de 2019, les dió la razón y anuló la decisión de la Comisión Europea (CE) de obligar a estos clubes españoles a reintegrar supuestas ayudas de Estado ilegales. El Tribunal declaró entonces que «la Comisión no acreditó suficientemente con arreglo a Derecho que la medida controvertida confiriese una ventaja a sus beneficiarios».
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La sentencia no zanjó el proceso, ya que Bruselas decidió recurrir al mantener que esas entidades deportivas gozan de privilegios fiscales, como ha defendido desde el primer momento. Y por eso este miércoles expuso su punto de vista ante el Tribunal de Justicia de la UE, que valorará el recurso y dará su veredicto en las próximas semanas.
«Tenemos que comprender que el deporte es uno de los ámbitos donde los niños y las niñas pasan más tiempo, después de la familia y el educativo. Y es importante comprender que los adultos que rodean el mundo del deporte de base debemos de intentar tener una formación mínima y específica. Se va a exigir que exista un delegado de protección y convivencia», expuso Iñaki Alonso, Responsable de Protección a la Infancia del Athletic.
Por eso la Fundación Athletic y la Facultad de Educación de la UPV/EHU se unen para impartir a partir del próximo curso 2020-21 un Título de Experto en «Deporte, Educación y Convivencia: Protección de la infancia y la adolescencia».
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