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Jueves, 27 de noviembre 2014, 01:49
Hasta ahora eran los estudiantes quienes alteraban las notas en su propio beneficio y no al revés: los padres en beneficio de sus hijos. Sin embargo, un vecino de Arzúa, en La Coruña, se enfrenta a cinco años de cárcel por modificar presuntamente las calificaciones ... de su hijo a través de una aplicación informática.
Los hechos tuvieron lugar en el año 2010 cuando, supuestamente y valiéndose de la clave de acceso que por su condición de empleado público le había sido otorgada, modificó a través de Internet la aplicación informática utilizada por la Consellería de Educación para el registro y la gestión de los datos relativos a las calificaciones de los alumnos matriculados. La Fiscalía, que entiende que los hechos constituyen un delito de falsedad, ha hecho una petición de cinco años de prisión para este funcionario y el caso fue juzgado este miércoles en la Audiencia Provincial de La Coruña.
El padre 'hackeó' el sistema para modificar las notas de su hijo que, en dos ocasiones, repitió primero de Bachillerato, sin llegar a superarlo. Con ello buscaba aparentar que lo había aprobado y poder solicitar así una plaza en un ciclo formativo de grado superior. El padre incluso reflejó en el programa que su hijo había superado todas las asignaturas en primera convocatoria con una nota media final de 6,5.
Pero la cosa no acabó ahí, esta alteración permitió que el joven accediera a un grado superior de Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica, que acabó abandonando el curso siguiente, en febrero de 2011. Tras esto, el acusado confeccionó una nueva certificación académica que permitía que su hijo pudiese cursar nuevamente el primer año de otro ciclo de formación, en ese caso, el de Profesional de Animación de Actividades Físicas y Deportivas.
Con estos datos sobre la mesa, la Fiscalía entiende que los hechos son constitutivos de un delito continuado de falsedad en documento oficial cometido por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones. Una delito que está previsto y penado en el Código Penal y que podría conllevar para el acusado una condena de cinco años de cárcel. La pena también implicaría una multa de 20 meses con una cuota diaria de 9 euros y la inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas durante un período de seis años.
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