La hermana del Rey a su llegada a los juzgados de Palma.

La 'doctrina Botín' en la que confía la Infanta para eludir el banquillo

Cristina de Borbón se aferra a una decisión del Supremo en 2007 para no ser juzgada por el 'caso Noos'

Jorge Barbó

Miércoles, 10 de diciembre 2014, 00:36

Cristina de Borbón declaraba el pasado 8 de febrero ante el juez José Castro. Un hecho histórico. De los de verdad. Mientras las cadenas de televisión repetían aquel día, una y otra vez, los 14 segundos en los que una infanta de España enfilaba la ... cuesta que va a parar a los juzgados de Palma de Mallorca para ser interrogada sobre su presunta implicación en los negocios de su marido, el país oficial y el no oficial eran un hervidero. ¿La hija del entonces Rey se sentaría en el banquillo? Las dudas eran (y son todavía) más que las certezas. Pero algunos ilustres estudiosos del Derecho lo tenían claro: se librará. Y exponían una razón: la 'doctrina Botín'.

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¿Qué es la doctrina Botín?

Una doctrina es la interpretación que el Tribunal Supremo hace de un precepto legal y que sienta un precedente para próximos casos. En este particular determina que si en una causa sólo concurre la acusación popular, y no la particular o la Fiscalía, el sumario se puede llegar a archivar. Está fundamentada en el artículo 782.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que señala que el juez debe acordar el archivo de una causa si así lo solicitan el Ministerio Fiscal y la acusación particular, mientras que la norma no dice nada del papel de la acusación popular.

¿Por qué se llama así?

Toma su nombre de la sentencia 1045/07 dictada por la Sala Penal del Supremo en diciembre de 2007. En dicho fallo se impidió el procesamiento del ya fallecido Emilio Botín, entonces presidente del Banco Santander, por presuntos delitos contra la Hacienda Pública. Entonces sólo había acusación popular, ya que ni la Fiscalía ni la acusación particular encontraron delito, por lo que habían solicitado su sobreseimiento.

¿Quién se puede personar como acusación popular?

Cualquier ciudadano español que cumpla, entre otros requisitos, no ser juez o magistrado y no estar condenado por injurias. En el caso de la hermana del Rey es el sindicato Manos Limpias el que ejerce el papel.

¿Por qué la Infanta Cristina se podría beneficiar de ella?

En el caso de la hermana del Rey, sólo el sindicato Manos Limpias ha pedido su procesamiento. La acusación popular personada en el conjunto del 'caso Nóos' -en la que están representadas la Generalitat valenciana, el Gobierno balear y el grupo de socialista del ayuntamiento valenciano- no lo ha hecho. Y ayer martes se dio a conocer que el fiscal Pedro Horrach había pedido al juez Castro que no abra juicio oral contra la Infanta y se limita a pedir que devuelva los 587.413 euros de los que se habría beneficiado por los negocios supuestamente delictivos de su marido, Iñaki Urdangarin. ¿Esto quiere decir que la Infanta ya está salvada? No del todo. El juez Castro todavía puede decidir abrir juicio oral contra Cristina de Borbón, en contra del criterio de la Fiscalía, apoyándose en la 'doctrina Atutxa'.

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¿Qué es la 'doctrina Atutxa'?

Dicho de forma gruesa, es una evolución de la 'doctrina Botín'. Para encontrar qué relación jurídica puede haber entre el fallecido banquero y el político del PNV Juan María Atutxa hay que remontarse a 2008. El Supremo la utilizó para condenar al expresidente del Parlamento vasco por no disolver el grupo Sozialista Abertzaleak, a pesar de las sentencias que consideraban que su constitución vulneraba de hecho la ilegalización de Batasuna . ¿Por qué motivo? En este caso el alto tribunal concluyó que la acusación popular era suficiente para llevarlo al banquillo porque entendió que el delito afectaba a intereses colectivos. Y este es un cartucho que podría quemar el juez Castro.

¿En qué otros casos se ha recurrido a la 'doctrina Botín'?

La Justicia ha echado mano de ella en contadas ocasiones. Uno de los casos más sonados fue en 2009, cuando el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco la utilizó para archivar el juicio contra el lehendakari Juan José Ibarretxe Ibarretxe, los dirigentes socialistas Patxi López y Rodolfo Ares y cinco representantes de la ilegalizada Batasuna, entre ellos Arnaldo Otegi, por las reuniones mantenidas tras la tregua de ETA en 2006. Entonces no existía acusación particular, sólo la popular, ejercida por el Foro de Ermua y la plataforma Dignidad y Justicia. En 2010, la Fiscalía recurrió a ella para tratar de impedir que el Supremo juzgara a Baltasar Garzón por prevaricar en la investigación de los crímenes del franquismo. No lo consiguió.

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