La Unión Europea desaconseja cambiar la ley electoral a menos de un año de los comicios

La cúpula del PP aboga por llevar adelante la modificación cuando apenas restan nueves meses para las próximas municipales

a. azpiroz

Viernes, 29 de agosto 2014, 00:11

Si el Gobierno y el Partido Popular deciden finalmente realizar antes de mayo la reforma electoral para que gobierne el alcalde más votado lo harán en contra del criterio de los organismos europeos de los que España es miembro. La UE, el Consejo de Europa ... y la Organización para la Seguridad y Cooperación en Europa (OSCE) recomiendan no abordar cambios de este tipo cuando falte menos de un año para la celebración de unos comicios. En contra de este criterio, la cúpula del PP aboga por llevar adelante la modificación cuando apenas restan nueves meses para las próximas municipales.

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Según refleja el Manual de Observación Electoral de la UE, cualquier enmienda del régimen electoral deberá acordarse de manera «consensuada e incluyente» y gozar del respaldo tanto del partido del Gobierno como de aquellos que conforman la oposición. Es seguro que este primer requisito ya no se dará en el caso de la propuesta que el PP pretende llevar al Congreso en septiembre, ya que ninguna otra fuerza está dispuesta a apoyarla. Además, el manual señala que «la certidumbre y la transparencia en un proceso electoral se refuerza cuando el marco legal está establecido mucho antes de la fecha para la que ha sido anunciada la elección». La UE advierte que «las reglas del juego» no se pueden cambiar a menos de doce meses de la cita con las urnas.

El Consejo de Europa fija también el año de antelación como límite para llevar a cabo una reforma de este calado. La Comisión de Venecia, uno de sus organismos dependientes, establece que, si las normas se cambian con frecuencia, «los votantes pueden llegar a pensar, con razón o sin ella, que el derecho electoral es un instrumento que manipulan a su favor quienes ejercen el poder». Por último, la OSCE mantiene que cualquier reforma del modelo electoral con unos comicios a sus puertas sólo debe acometerse «en casos extraordinarios» y con un amplio consenso.

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