Proyecto de ampliación del Bernabéu
FÚTBOL

La Justicia madrileña paraliza la ampliación del Bernabéu

El Tribunal Superior ve una "conexión directa" con la investigación abierta por Bruselas en relación a las posibles ayudas públicas recibidas por el Madrid

PPLL

Viernes, 1 de agosto 2014, 12:29

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) paraliza cautelarmente la ampliación del estadio Santiago Bernabéu del Real Madrid admitiendo así la solicitud de suspensión presentada por Ecologistas en Acción.

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La entidad ecologista señala en un comunicado que la Justicia considera que hay vinculación entre ... la investigación abierta por la Comisión Europea por las posibles ayudas públicas recibidas por el club de fútbol Real Madrid y la modificación puntual del Plan General de la capital, que permite dicha ampliación.

El TSJM, en un auto fechado este 31 de julio, admite la solicitud de suspensión presentada por Ecologistas en Acción y suspende el acuerdo que habilita la ampliación, en tanto se dicte resolución por parte de la Comisión Europea.

Así es el auto

El auto afirma lo siguiente: "La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha acordado la suspensión del Acuerdo del Ayuntamiento de Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana, que facultaba al Real Madrid a levantar construcciones en las inmediaciones del estadio Santiago Bernabéu.

El Tribunal admite la medida cautelar solicitada por Ecologistas en Acción-AEDENAT que ha puesto en conocimiento de los magistrados la incoación por parte de la Comisión Europea (CE) de un procedimiento en relación con una posible ayuda estatal al Real Madrid CF en dicha operación.

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En la resolución se recuerda que el 29 de noviembre de 1996 el Real Madrid suscribió un convenio con el Ayuntamiento de Madrid según el cual el club cedía un terreno situado en la zona de su Ciudad Deportiva y, a cambio, el Ayuntamiento se comprometía a entregar al Real Madrid varios terrenos.

La Sección entiende que la incoación a España por parte de la CE de un procedimiento de esas características es suficiente para la adopción de la medida cautelar solicitada.

Contra la resolución cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el plazo de los próximos diez días, previa interposición y resolución de recurso de reposición ante la propia Sección del TSJM".

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