Martes, 30 de abril 2024, 00:28
La Ley de Vivienda ha generado controversia entre el mundo jurídico. Esta medida que se había impulsado con la intención de dar solución a la dificultad para acceder a un piso, ha desembocado en «una inseguridad jurídica». Cristina Vallejo Ros, que recientemente participó en Vitoria ... en la 'I Jornada sobre Vivienda' organizada por el Colegio de Abogados Alaveses, afirma que la suspensión de los lanzamientos «no da solución al problema habitacional, lo agrava».
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- ¿Hay una diferencia cuando la persona que está en el piso es una familia que ha dejado de pagar el alquiler y cuando es un okupa que ha entrado por la fuerza? ¿El proceso de desahucio, el que tiene que hacer el propietario, es el mismo?
- En vía civil sí, pero en la penal no. En el segundo caso, si eres un okupante ilegal, en principio estás cometiendo un delito, con lo cual tendría que ser más eficaz. El problema de por qué vamos a la vía civil para recuperar la posesión de un okupa es porque la vía penal está siendo ineficaz, no está funcionando. En la vía civil, hasta ahora, si eres persona física, tienes una medida cautelar que si en cinco días exhibes el título, podrías llegar a desalojar al okupa. Pero en este caso la Ley de Vivienda ha dicho que también incluye en estos procesos el incidente de vulnerabilidad. Por lo tanto, aunque sea una persona que haya entrado a la fuerza, si se le concede el informe de vulnerabilidad, se suspende el proceso durante dos meses, mínimo. Esto antes no existía.
- ¿Esta ley ha disminuido la demanda de lanzamientos?
- Esta ley si ha tenido algún efecto ha sido el retraso en la interposición de demandas, porque hay mucha dificultad en cumplir los requisitos para presentarlas. Eso en el mercado lo que está generando es inseguridad jurídica, porque los propietarios que tenían vivienda en alquiler están muy desmotivados para ponerlos en oferta. Al final, si no hay oferta, los precios suben una barbaridad.
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- ¿El derecho a la vivienda y el de la propiedad están a la par?
- Ese es el problema. El conflicto entre un derecho y otro. La obligación de procurar una vivienda digna no corresponde a un particular sino a los poderes públicos. No puedes promulgar una ley por el derecho a un hogar, con lo importante que es que la tengamos, sin dotarla de ni un solo euro de presupuesto para construir pisos sociales. Porque entonces, ¿cómo quieres fomentar el alquiler? ¿Con qué medidas? ¿Suspendiendo los lanzamientos y, por lo tanto, retardando a los propietarios privados que recuperen la posesión de aquellas viviendas ocupadas o de personas incumplidoras? Esa no puede ser la solución.
- ¿Qué consecuencias puede tener esta inseguridad jurídica que comenta?
- Si la oferta de alquiler de vivienda en su mayor parte viene de titularidad privada, si tú no le ofreces seguridad jurídica a estos, lo que harán es vender o reinventarse, dedicarse a otra cosa y no poner su vivienda en el mercado. Entonces, si paralelamente los poderes públicos no construyen vivienda social, no sé cómo vamos a dar solución al problema. Hay una deficiencia técnica legislativa, porque es una ley que no proporciona soluciones.
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