Sede central de la Seguridad Social en Vitoria. Rafa Gutiérrez

Violencia de género

Primera pensión de viudedad para una víctima de la violencia machista con sólo una orden de alejamiento

La Seguridad Social concede un subsidio mensual de 1.499 euros a una vitoriana cuyo marido fue absuelto y le dejó una deuda de 8.000 euros al fallecer

Miércoles, 5 de julio 2023, 01:05

Es una decisión inédita, al menos en el País Vasco. Una vitoriana ha obtenido la pensión de viudedad como víctima acreditada de violencia de género pese a carecer de una sentencia condenatoria, requisito indispensable hasta este cambio de criterio del Instituto Nacional de la Seguridad ... Social (INSS). La llave para esta novedosa concesión es una orden de alejamiento, emitida hace doce años por un juzgado riojano sobre quien fuera pareja sentimental de esta mujer.

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La protagonista de esta historia ni siquiera ha necesitado acudir a la justicia ordinaria. El INSS le ha dado la razón al primer intento. La petición administrativa se cursó a primeros de marzo. Y el domingo 25 de junio recibió el primer ingreso en su cuenta corriente. Le ha correspondido una nómina mensual de «1.499 euros netos». Tendrá carácter vitalicio salvo que vuelva a contraer nupcias.

Lo explica su abogada, Nerea Morales. «Vino al despacho interesada en saber si podía solicitar una pensión de viudedad como víctima machista», repasa. Su expediente se salía de los habituales. «En 2011 ocurren unos hechos en una vivienda de La Rioja donde entonces residía con quien era su esposo. Venían de una relación un tanto complicada y, hasta entonces, ella nunca había denunciado», ahonda esta letrada.

Cambio de criterio

Hasta ahora, una sentencia condenatoria resultaba indispensable para recibir el subsidio

En aquel altercado intervino la Guardia Civil, primero, y a continuación un juzgado. Al día siguiente de los hechos, esta sala impuso «una orden de alejamiento» al sospechoso. A partir de ahí, ella regresó a Vitoria con su hija en común e inició el proceso de separación, culminado en 2012 «sin derecho a pensión de compensación».

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Durante aquellos meses de incertidumbre también recibió atención especializada de los servicios sociales. Tanto en la comunidad autónoma limítrofe como en Álava. Sin embargo, el posterior juicio penal desembocó en un fallo absolutorio. La condena figuraba como requisitorio para recibir una pensión de viudedad hasta este caso.

El caso de esta alavesa

La orden estuvo vigente varios meses, hasta que el sospechoso fue absuelto en 2012

El reloj volvió a pararse para esta alavesa dos años más tarde, en 2014. Su ya excompañero sentimental falleció. «Para que su hija pudiera acceder a su correspondiente pensión de orfandad, ella tuvo que aceptar sus deudas económicas. No sabía lo que estaba firmando». El boquete ascendía a 8.000 euros.

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Necesitó varios cursos hasta parchear aquel regalo envenenado. «Por desconocimiento» nunca se percató de que podía corresponderle un subsidio de viudedad. «Ha llevado su caso en silencio. No ha compartido con casi nadie sus circunstancias personales. Y, por tanto, tampoco intentó la vía administrativa para solicitar ese derecho de manera formal», sigue esta abogada. Hasta que un día contactó con Morales, quien vio claro el camino a seguir. «El divorcio es la consecuencia de la violencia de género», proclama.

«Sorpresa» por la respuesta

En marzo, el INSS les solicitó una prueba de aquella orden de protección fechada doce años atrás. La obtuvieron en el juzgado riojano. Recibieron «una copia testimoniada» de aquel auto, que recogía en uno de sus últimos párrafos la existencia de «la posterior sentencia absolutoria». Es decir, la Seguridad Social fue informada de esa circunstancia que convierte este asunto en único hasta la fecha. «Nos sorprendió la respuesta. Pensábamos que sería necesario interponer una demanda» en el Palacio de Justicia. Ante su asombro no hizo falta.

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Esta vitoriana

Perderá la pensión si vuelve a casarse

Una admisión que sorprende si se echa la vista atrás. Porque hasta la fecha, cada nueva posibilidad llegaba tras una larga lucha judicial. De ahí lo excepcional del caso de esta vitoriana. Por ejemplo, hasta hace pocos años, el INSS exigía un certificado de matrimonio aparte de la correspondiente condena penal antes de aprobar una pensión de viudedad.

Pues el Tribunal Supremo emitió un dictamen en marzo en el que avaló que una viuda fuera considerada víctima machista a manos del que fue compañero. No se casaron pero sí formalizaron su unión como pareja de hecho. Estuvieron diecisiete años juntos, aunque sólo tres registrados, dos menos del mínimo exigido hasta esta victoria judicial.

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