Agresión en Vitoria
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Agresión en Vitoria
Llamar «zipaio» a un ertzaina es «deleznable» pero no delitoLa noche de Santiago de 2022, tres intolerantes dijeron 'esta calle es mía' y, aparte de amedrentar, uno lanzó un puñetazo a la cara de otro joven. La agresión tuvo lugar en la puerta de un bar, en un concurrido tramo de la 'Cuchi', ... en el Casco Viejo de Vitoria. El receptor del golpe fue un ertzaina fuera de servicio. Sufrió una «hemorragia y una contusión timpánica en el oído izquierdo». Tardó 36 días en volver al trabajo y le ha quedado como secuela una ligera y constante sensación de zumbido.
Todo empezó porque uno de esos tres desconocidos reconoció que el cliente a su vera vestía uniforme en sus horas de trabajo. «No tienes otro bar, puto zipaio», le soltó. A continuación, un segundo individuo preguntó qué pasaba. «Es un zipaio», le contestó el primer joven, a lo que éste también se encaró con el funcionario, quien se encontraba en compañía de un par de conocidos. Hubo un cruce de reproches, roto por la violenta irrupción del tercer involucrado. Propinó un puñetazo al policía «en el oído izquierdo».
Dos años después, el caso fue revisado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Vitoria. La sentencia del magistrado Roberto Ramos ha llegado esta misma semana. Durante la vista, celebrada hace unos días, los tres encausados negaron conocer la profesión de la víctima e incluso haberle atizado. El autor material sólo reconoció «un empujón». Llevaron varios testigos para sustentar su versión, a los que la sala no concedió demasiada credibilidad.
Sí lo hizo con el testimonio del agente y de sus dos amigos. Así, condena al responsable de la agresión por un «delito de lesiones». Básicamente castiga a este chico de 22 años a desembolsar un montante de 5.930 euros entre la responsabilidad civil y la indemnización para la víctima. Antes de la vista oral ya consignó 4.879 euros como muestra de buena voluntad.
Desestima sin embargo, la petición de castigar por delito de atentado a agente de la autoridad o un agravante de odio a los otros dos implicados, ambos con antecedentes. «Sus conductas, mostrándose en desacuerdo con que esa persona estuviera en ese lugar tomando algo, si bien son deleznables y resultan ética o moralmente reprochables, no pueden encuadrarse en algún delito de los comprendidos en el Código Penal», reza el fallo judicial.
Curiosamente, la resolución también explica el origen y contexto de este insulto tan habitual entre los radicales de la izquierda abertzale. «El vocablo euskaldunizado 'zipaio', en castalleno 'cipayo' (alusivo a soldados nativos de la India al servicio de las antiguas potencias coloniales europeas o secuaz a sueldo) se dirige contra los agentes de la Ertzaintza o miembros de la Policía vasca por parte de determinado grupo o colectivo social con sistemática finalidad de menosprecio, provocación o descalificación, presentando un ánimo tendencial de menospreciar conscientemente el principio de autoridad».
Contra esta sentencia cabe recurso a la Audiencia Provincial de Álava.
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