La solicitud de protección internacional, el asilo, es la forma más habitual para regularizar a medio plazo la situación administrativa de aquellas personas que no cuentan con otra vía. A medio plazo porque el trámite que en total tarda entre 1 y 2 años en ... resolverse. Y en un 97% de los casos se deniega. Lo conceden si el país está en conflicto –Ucrania, Gaza– o en su momento, los venezolanos–. Mientras se emite esta resolución (1-2 años), el solicitante tiene derecho a un permiso de trabajo, y a mantener una permanencia regular en España, a partir del sexto mes de su primera cita en la Policía Nacional.

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Los grandes flujos migratorios han acudido a esta vía han supuesto la congestión en las oficinas de Policía Nacional provinciales. Esa primera cita de asilo puede tardar un año y medio. En la entrevista consiguen la carta blanca, que evita la expulsión y, a los 6 meses, habilita el permiso de trabajo.

El segundo paso incluye configurar requisitos para aplicar al arraigo laboral, al cual se puede acceder con 2 años de residencia (padrón) y 6 meses cotizados a la Seguridad Social.

El gran problema viene con las miles de personas a quienes les fue denegado el asilo y aún no habían terminado de cotizar esos 180 días. Los abogados solíamos recurrir esas resoluciones de denegación –ante el Ministerio del Interior o la Audiencia Nacional– y solicitar la correspondiente medida cautelar. Para que esos permisos de trabajo continuaran vigentes y se contabilizaran esos periodos de forma regular. Sin embargo ya no es posible debido a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que establece como criterio que no serán computados los periodos cotizados a la Seguridad Social.

Es éste uno de los motivos, que dejan a millones de personas en una nueva situación de irregularidad. Y el acceso a través de otras vías como el arraigo social es absolutamente restrictivo y nada flexible para el solicitante. En Madrid, un procedimiento de arraigo social (entre informe de inserción social y solicitud de tarjeta) tarda alrededor de un año. En Gipuzkoa, diez meses, por los cinco meses de Álava y Bizkaia. Son muchas las trabas burocráticas y requisitos exigidos para una regularización.

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Es por ello que se proyecta una gran iniciativa legislativa popular (ILP) para dar un cambio razonable a la Ley de Extranjería. Básicamente pide que, mediante Real Decreto, se establezca, «en el plazo de 6 meses, un procedimiento para la regularización de los extranjeros que se encuentren en territorio español antes del día 1 de noviembre de 2021».

Es imprescindible que se unifiquen los criterios y se activen mecanismos que garanticen una regularización en términos de flexibilidad. Para romper estas barreras que, en definitiva, impide que millones de personas en situación de invisibilidad contribuyan a aportar a nuestro sistema general de la Seguridad Social, lo que sería beneficioso a nivel general.

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