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Chelo Tuya y Daniel Fernández
Miércoles, 5 de junio 2024, 12:07
En mayo de 2021 fue la Audiencia Provincial de Álava y el pasado 25 de enero lo fue otro juez de Vitoria. Las sentencias dictadas por ambos obligaban a una mujer, víctima de maltrato por parte de su exmarido, y a sus hijas a ... residir cerca del agresor. Ahora, la Fiscalía ha presentado recurso de apelación, dando la razón a la mujer y rechazando los argumentos que el juez esgrimió en la sentencia del pasado mes de enero, donde determinaba que la mujer –vive en Asturias– debía residir en la capital alavesa para que su exmarido pudiera cumplir el régimen de visitas a las hijas de ambos. En su escrito de apelación, la Fiscal María del Camino Méndez afirma que el juez «no ha justificado» en su sentencia «que tal decisión sea la más adecuada.
La historia de María (nombre ficticio) se dio a conocer en los medios hace ya tres años. En aquel momento, la asturiana había vuelto al hogar familiar con sus hijas para huir de su exmarido, condenado por maltrato. Pese a la sentencia de violencia de género y a los informes psicosociales tanto de la unidad de valoración forense, como de la propia psicóloga de su exmarido, que indicaban que el acusado «tiene limitaciones para mantener a las menores al margen de su estado emocional» y que «el riesgo de que agreda a su mujer es muy alto», la Audiencia de Álava obligó a la asturiana a volver a residir en Vitoria, para que su exmarido pudiera cumplir el régimen de visitas a las hijas de ambos, cuya custodia tiene ella.
Tras años de lucha legal, una nueva sentencia dictada el pasado 25 reiteraba esa obligación de residir en la capital alavesa, cuando tanto la madre, como las hijas están arraigadas en Asturias, donde ella tiene trabajo y ellas, colegio. María aseguró entonces que iba a recurrir el último fallo, porque no entendía «cómo pueden primar los derechos de un condenado por maltrato antes que los de la víctima».
La Fiscalía comparte los argumentos y ya ha presentado su recurso. En su escrito, además de poner en duda la justificación que el juez dio para determinar que la mujer debía vivir cerca de su maltratador, recuerda que la decisión de traslado a Asturias de María y sus hijas «fue debida a la existencia de un proceso relacionado con la violencia de género». Prosigue la fiscal, que la última decisión judicial «contraviene sin justificación alguna las conclusiones del informe del equipo psicosocial, según el cual la custodia materna ofrece más estabilidad y seguridad a las menores, no recomendando cambio alguno y mueho menos el traslado de las menores, que se encuentran perfectamente adaptadas a su actual lugar de residencia», en Asturias.
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