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David González
Sábado, 26 de marzo 2022, 00:47
En un par de meses, Carmen Cotelo se enfrentará a uno de los casos más complejos en sus 29 años de carrera fiscal. La Audiencia Provincial de Álava procesará a diez adultos acusados de contratar los servicios sociales de media docena de menores tutelados por ... la Diputación alavesa. Cotelo pide para ellos una pena global de 214 años de prisión.
- ¿Cómo puede ocurrir algo así?
- (Se lo piensa) Como puede comprobarse, Vitoria fue el primer lugar donde se detectó un caso de estas características. Luego vinieron otros como Baleares, Madrid... Si salió a la luz fue porque los educadores del centro correspondiente (Sansoheta, ahora rebautizado como Centro Educativo Terapéutico Gasteiz) empezaron a ver cosas extrañas. A partir de ahí se fue tirando.
- Perdone pero se tardó mucho en tirar. Se prostituyeron durante más de diez meses en 2016.
- Depende. Se cortó. Eso es lo importante.
- ¿Tras aquel suceso, la Fiscalía ha hablado con la Diputación para cambiar algo del modelo de cuidado a menores?
- Es que el modelo que la entidad de protección sigue es el que se define en la ley de protección jurídica del menor. Es unitario. Aunque en el País Vasco tutelan las provincias, las diputaciones. Y te digo que creo que la Diputación presta un buen servicio al menor.
- Sin embargo, en más de una ocasión les han dado toques de atención.
- A ver, en alguna ocasión hemos tenido que hacerlo, evidentemente. Con el fenómeno 'menas' (menores extranjeros no acompañados) fuimos de las primeras provincias que tuvieron que enfrentarse a ese problema. Al Consejo del Menor se le tuvo que decir que tenía 'x' menas a punto de cumplir los 18 años y que no habían cumplido con una labor fundamental, que es documentarles. Decir si se encuentra tutelado o no. No habían aplicado la figura legal que daba paso a un permiso de trabajo y al de residencia. Rectificaron y ya está.
- ¿Por que no piden responsabilidad civil a la Diputación por el caso de los menores que prestaron servicios sexuales?
- Porque reclamar la responsabilidad civil a un tutor requiere que puede acreditarse que ha existido culpa o negligencia. Y no se ha acreditado.
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