'Yo soy tanto como tú'. Es el lema elegido por el Instituto Foral de Bienestar Social y por los fiscales, jueces, notarios y responsables de fundaciones que participan mañana viernes en el Europa en una jornada para explicar cómo hacer para que una persona ... con discapacidad pueda recibir apoyo puntual para realizar diversas gestiones sin que eso merme ni su dignidad, ni sus derechos, ni su autodeterminación. Está dirigida a adultos que ven como su pareja sufre un deterioro cognitivo que va a más, a sus hijos, a los padres desvelados por el futuro sus vástagos dependientes, a hermanos... A cualquiera que se encuentre en la situación de tener que ayudar a un ser querido sin que eso suponga incapacitarle, tutelarle o ejercer una patria potestad.
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En realidad se trata de explicar los pormenores de la Ley 8/2021 que reforma la legislación civil y procesal para el apoyo de personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica y que ha supuesto, dicen los expertos, «un cambio de paradigma». Ya no se trata de un sistema de protección para este colectivo hecho sin contar con la persona a la que pretende beneficiar. La nueva legislación reconoce su autonomía y plena capacidad «con los apoyos necesarios» y promueve que cualquier medida que se adopte sea proporcional, voluntaria y basada en las preferencias y deseos de quien la necesita. «Se parte de la idea de ciudadanía plena», explica Esther Bragado, coordinadora de la Unidad de Medidas de Apoyo del Instituto Foral de Bienestar Social.
El cambio ha llevado a los juzgados de Familia de la provincia a revisar la situación de los 1.400 alaveses que estaban hasta el año pasado bajo tutela y que en ocasiones llegaron a tener limitado hasta el derecho a votar, pedir un crédito o hacer testamento. Existen cuatro figuras nuevas que van a amparar a quienes presten esta ayuda, explican Bragado y responsables de las fundaciones Usoa y Beroa, Izaskun Astegieta y Mónica Fernández. Estas entidades alavesas que antes tutelaban a personas con discapacidad intelectual o mental ahora «apoyan» a 388. Y es que «apoyo» es la palabra clave de la nueva legislación.
La primera de las medidas es voluntaria. El propio destinatario puede dirigirse a un notario y designar a la persona o personas que quiere que le presten asistencia en un momento en que su deterioro vaya a más y hasta dónde quieren que éstos lleguen.
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La segunda es la guarda de hecho. «Es una figura informal que ha existido siempre. Es esa persona del entorno familiar que se encuentra al cuidado de un padre o un hijo y que se preocupa por garantizar que esté bien», explican Astegieta y Fernández. Pueden pedir prestaciones económica o encargarse de actuaciones de escasa relevancia sin necesidad de intervención judicial. Ahora bien si tienen que vender un piso o pedir un préstamo o aceptar una herencia para eso ya se necesita autorización y control judicial.
La tercera figura es la de la curatela. Cuando no existe una guarda de hecho o ésta no es adecuada y hay una situación de vulnerabilidad, intervienen el fiscal y el juez y deciden quién puede prestar a esa persona una ayuda. Hay tres modalidades y es algo que normalmente se encomienda a las fundaciones. Y además les asiste el derecho a defensa judicial, una figura de apoyo ocasional, que se emplea por ejemplo cuando quien ejerce la guarda de hecho fallece o cuando hay intereses contrapuestos.
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Son a grosso modo algunas de las ventajas de la nueva ley que los expertos trataran de desgranar ante los asistentes. Para asistir hay que inscribirse primero en la web-araba.eus/ servicios-sociales.
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