EL CORREO
Miércoles, 30 de enero 2019, 17:50
La Audiencia Provincial de Álava ha condenado este miércoles al Banco Santander a devolver a una ama de casa los 63.000 euros que había invertido en participaciones preferentes, al considerar que la comercialización de este producto se realizó «sin una previa información o explicación» de sus características.
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La sentencia, con fecha de este 30 de enero y dada a conocer por el despacho RUA Abogados, señala que el Banco Santander «incumplió sus deberes» de información con esta clienta. La comercialización de este producto financiero se produjo en 2009 por parte del Banco Pastor, entidad que posteriormente fue absorbida por el Banco Santander.
De esa forma, tras formalizarse la fusión entre ambas entidades, el Santander, por sucesión procesal, «ocupó la posición de todas las entidades del Grupo Banco Popular en los procedimientos en curso», según han explicado las fuentes.
Desde comienzos de año, varios tribunales han fallado a favor de los demandantes en casos similares, referidos tanto a clientes titulares de acciones de Banco Popular, como a titulares de bonos, preferentes u obligaciones subordinadas.
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