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Nuevo tirón de orejas del Ararteko, Manu Lezertua, a la Diputación de Álava. El Defensor del Pueblo vasco ha solicitado a la Hacienda foral que ... elimine la obligatoriedad de utilizar el programa informático de ayuda para confeccionar autoliquidaciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para su entrega presencial.
Todo ha llegado a raíz de una queja de un ciudadano que manifestó su disconformidad por la falta de asistencia proporcionada por el Fisco foral al realizar un trámite tributario. Éste acudió presencialmente a las oficinas de Hacienda tras el levantamiento de una hipoteca y se le informó de que debía descargar en su ordenador un modelo específico de autoliquidación (600P). Al no disponer de conocimientos tecnológicos, recurrió a un allegado que tampoco pudo completarlo.
«El promotor de la queja manifestó al Ararteko su discrepancia con la respuesta ofrecida por la Diputación y destacó a esta defensoría que no cuenta con los conocimientos informáticos para completar el trámite, y consideró que las indicaciones ofrecidas por el personal no fueron suficientes», se lee en la recomendación remitida por Lezertua. «Aunque le facilitaron un ordenador para descargar los formularios, sostiene que no tiene la obligación de contar con habilidades informáticas para realizar este tipo de gestiones y afirma que la atención que le fue proporcionada no fue adecuada para sus necesidades», añade.
La Hacienda foral se escuda en que el uso de este programa «se ha establecido como obligatorio con la finalidad de evitar errores en la presentación de autoliquidaciones, asegurando que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales de manera correcta y en línea con los criterios normativos vigentes». La presentación de la documentación en papel, alegan, «sólo es posible en casos muy excepcionales debidamente justificados y autorizados conforme a la normativa vigente», que consideran que no se dio en este caso concreto.
Para justificar su decisión, entre otras muchas sentencias y conclusiones, el Defensor del Pueblo vasco cita un fallo del Tribunal Supremo que hace un año dijo que «no cabe argumentar que un ciudadano debe poseer habilidades informáticas avanzadas para ejercer sus derechos administrativos».
De ahí que a Lezertua le parezca «oportuno» que la administración proporcione medios y asista a la ciudadanía para facilitar el cumplimento de sus derechos y obligaciones «a través de medios presenciales».
«Al Ararteko le preocupa la creciente externalización de las relaciones electrónicas con la administración a la cual se ve abocada la ciudadanía cuando se le obliga a utilizar herramientas tecnológicas», se lee en la resolución. «Cuando la ciudadanía se encuentra ante la tesitura de utilizar tecnología en sus relaciones con la administración, recurre en numerosas ocasiones a la ayuda de amistades, familia o, en no pocos casos, contrata los servicios de un profesional o de una empresa especializada que le gestione los trámites administrativos», lamenta.
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