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La Audiencia Provincial de Álava ha absuelto de los cargos de agresión sexual a un hombre de 34 años acusado de agredir sexualmente a una conocida en los baños de una discoteca de Vitoria. La sentencia, a la que ha tenido acceso en exclusiva ... EL CORREO, duda de la «coherencia» del relato de la denunciante. Ésta refirió una primera relación consentida seguida de una penetración anal «no consentida». Las pruebas de ADN practicadas a esta mujer no hallaron restos biológicos del procesado en esa zona.
Este fallo, firmado por la magistrada Ana Zulueta, llega tras dos meses de deliberaciones del máximo órgano judicial de la provincia. A lo largo de 17 páginas, se intenta aclarar qué ocurrió la mañana del 19 de febrero de 2017. Los supuestos hechos ocurrieron hacia las 7.30 horas en los baños del local de marcha. El acusado se enfrentaba a una petición fiscal de 9 años, por 12 solicitados desde la acusación particular.
La víctima, una alavesa que por entonces tenía 34 años, admitió haber accedido con el encausado a los baños de este establecimiento donde, tras mantener unas relaciones sexuales consentidas por vía vaginal, éste procedió a «agarrarla de los brazos, aprisionarla contra la pared» y forzarla a mantener varias más sin su consentimiento en esta ocasión por vía anal, según el escrito de la Fiscalía corroborado por el testimonio de la víctima. En el posterior análisis médico se detectaron lesiones «compatibles» con «un impacto de cierta intensidad», argumentó una forense. El acusado alegó que la relación fue en todo momento consentida.
«Yo no sabía lo que hacía, estaba anulada, en malas condiciones», declaró en la vista la mujer, quien conocía al acusado «de vista» ya que por aquel entonces era camarero en un bar que ella solía frecuentar. En su testifical, la mujer, que en el momento de los hechos se encontraba «en un evidente estado de embriaguez», afirmó que, pese a que el hombre no utilizó la fuerza para introducirla en el baño, se sintió «sometida, como una muñequita o una marioneta». «Continuó en varias ocasiones a pesar de que chillé, grité y le dije que no lo hiciera», señaló. Este episodio duró «siete u ocho minutos».
Sin embargo, la Policía científica no halló huellas dactilares de ninguno de los dos en las paredes de baño. Sí se detectó en la denunciante ADN de dos varones. Uno, del procesado. Responsables de seguridad del local explicaron que, pese a pasar cada diez-quince minutos por los baños, no oyeron ni vieron «nada extraño».
La víctima también se refirió a la posibilidad de que alguien echara algo en su bebida. «No tomé drogas, al menos no de manera consciente», explicó tras indicar que no recuerda gran parte de lo que ocurrió aquella noche. Los peritos forenses detectaron restos de alcohol, cocaína, éxtasis y dos ansiolíticos en su sangre.
El acusado adujo que no notó «nada raro, se trató de una relación consentida por parte de ambos». Incluso habló de dos encuentros «consentidos». Negó que empleara la fuerza y la penetración anal, aunque sí explicó que cuenta con un piercing en su pene y que vio «posible» que llegara a rozarla en la zona anal. Dijo también, recuerda la resolución, que «a continuación abandonó el baño, se acordó de su novia y se arrepentió de lo que estaba haciendo».
Varios empleados de la discoteca, entre ellos el jefe de seguridad, un portero y un camarero, declararon en la vista oral. Uno de ellos llamó la atención a la denunciante porque estaba discutiendo con otra clienta. A partir de ahí, ella le relató el supuesto episodio de agresión sexual. En la sala, la víctima dijo no recordar nada de esto.
Los peritos forenses confirmaron que sus lesiones eran compatibles con «un impacto de cierta intensidad». Una psicóloga destacó que la víctima presentaba un cuadro compatible con la agresión sexual.
Pero es el ADN, o su falta, lo que lleva al fallo absolutorio. «El informe biológico no halla restos de una persona ajena a (la denunciante) en la zona anal, lo que no concuerda con la su declaración, que ha referido en el acto del juicio que se produjeron cinco o seis penetraciones anales, por lo que de ser cierto debería haber también restos biológicios en esta zona». Cuando esta mujer fue trasladada a un hospital para una exploración se negó a un examen exhaustivo porque «tenía dolor».
«Pese a la virulencia que describe (la víctima), ella misma ha señalado que no sangró en ningún momento y que no había restos en su ropa interior ni el pantalón ni el calzoncillo del acusado», prosigue el fallo.
«Desde entonces me da miedo salir sola a la calle por la noche, temo que él u otro hombre me hagan daño», explicó la mujer durante la vista oral, celebrada a finales de enero.
Contra este fallo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
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