Evita la cárcel
92.000 euros de multa al exconcejal de Laguardia que quemó su obrador de panEvita la cárcel
92.000 euros de multa al exconcejal de Laguardia que quemó su obrador de panFue él. La Audiencia Provincial de Álava ha condenado a un excconcejal de la localidad alavesa de Laguardia por quemar su obrador de pan y simular que fue obra de desconocidos que le atacaron por motivos políticos. No entrará en prisión -la condena es ... de un año y dos meses-, pero sí le obligará a aflojar el bolsillo cuando la sentencia sea firme, puesto que le imponen 92.844 euros de indemnización al propietario de la nave industrial donde se produjo el siniestro. Este expolítico aún podrá recurrir al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) y al Tribunal Supremo.
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Cabe recordar que la madrugada del 26 de octubre de 2018, el ahora condenado alertó de que encontró el pabellón destrozado. Según dijo entonces, alguien había apilado madera, bandejas, cestas de pan y rociado todo con gasoil. Además había pintarrajeado las paredes con amenazas hacia su persona. «Facha muérete» y «Facha hijo de puta», rezaban. El reventón de una tubería de agua «por efecto del calor» impidió que el bloque se redujera a cenizas.
Un factor que permitió a los investigadores -Ertzaintza y bomberos forales- componer una precisa radiografía de lo ocurrido. Nadie forzó la puerta trasera. Tampoco hubo butrón. «El portón de entrada estaba cerrado sin echar la llave», concluyeron. Es decir, por ahí entró el autor o autores del siniestro.
Las cámaras de seguridad de una empresa próxima captaron al exedil saliendo de su empresa sobre las siete de la tarde del día 25 de octubre. Tres horas después, un resplandor evidenció el momento de mayor fulgor del fuego. Luego se supone que la tubería apagó las llamas. Sobre las 0.44 horas del día 26, este hombre volvió. Pasó dos minutos dentro del inmueble y telefoneó al 112. Su denuncia en la comisaría de la localidad riojanoalavesa arrancó a las 7.51 horas. Pero el denunciante acabó denunciado al apreciar la Ertzaintza incoherencias en su relato y no coincidir con los resultados de la inspección ocular en la nave industrial.
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Las sospechas enseguida le acorralaron. Porque aunque regentaba el pabellón en régimen de alquiler con opción de compra -lo vendió dos años antes por sus apreturas económicas- había activado una jugosa póliza de seguros sólo doce días antes del siniestro. El contrato incluía una compensación de hasta 420.000 euros. Enseguida reclamó el dinero a la compañía, que es una de las dos acusaciones particulares. La otra representa al dueño del inmueble, quien en su alegato final durante la vista oral, celebrada en octubre, admitió que «nuestro interés es obtener la indemnización de quien sea responsable» sin señalar al antiguo político. Exigió una compensación de 92.844 euros.
Y ahora, la Audiencia Provincial de Álava, por medio de la magistrada Elena Cabero, concluye que todo fue un engaño pergeñado por este antiguo político de Ciudadanos, primero, y de Libres por Euskadi, a continuación. «La Sala deduce que no atravesaba una buena posición (económica) en ese momento, lo que constituye otro indicio que avala la conclusión de su autoría del delito».
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Añade la jueza Cabero que la grabación de una cámara cercana evidenció que este hombre fue la última persona en abandonar la nave. Y que los informes policiales y de los bomberos destacan que nadie entró por la puerta trasera, sino por la delantera. Por donde salió el ahora sentenciado «por simulación de delito en grado de tentativa, daños causados mediante incendio y estafa en grado de tentativa». En total le impone un año y dos meses. Al carecer de antecedentes penales y ser una pena menor a los dos años y un día, librará de ingresar en la cárcel de Zaballa.
El fallo judicial es muy claro. Subraya «sin género de dudas que el acusado fue el autor del incendio provocado en el pabellón» donde estaba el obrador, y también que elaboró las pintadas que aparecieron en el interior de la nave «para desviar la atención de la policía».
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Eso sí, los seis años transcurridos desde los hechos han jugado en favor de este vecino de la localidad riojanoalavesa. El tribunal alavés le aplica el atenuante de dilaciones indebidas. En lo que no rebaja es en la cantidad con la que deberá indemnizar al dueño del pabellón, que él había alquilado para su negocio. Deberá compensarle con 92.844 euros.
Tanto la Fiscalía de Álava, como las acusaciones particulares o la defensa pueden recurrir al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. El recorrido judicial de este caso todavía podría estirarse hasta llegar al Supremo.
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