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El Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria ha impuesto una indemnización de 6.000 euros a una compañía de alimentacion, ubicada en Álava, que varió unilateralmente el calendario a una trabajadora recién reincorporada tras una excedencia por cuidar de su hijo menor. La ... sentencia, que no es firme, estima que la empresa adoptó el cambio como «represalia por el hecho de haberse acogido una reducción por cuidado de hijo y a una excedencia para poder conciliar su vida familiar en el periodo no escolar de su hijo».
Esta trabajadora, con ocho años de servicio en la firma, pidió la excedencia durante el verano pasado para atender al menor. Cuando regresó en septiembre, descubrió que su calendario anual había sido modificado. Y, por supuesto, sin su conocimiento ni consentimiento.
Según el fallo emitido por la magistrada Cristina Hidalgo, al que ha tenido acceso este periódico, se trata de «un cambio general que afecta a todos los días de libranza» y tacha la conducta de la empresa de «lesiva» para con la demandante.
Por su parte, Nerea Morales, la abogada que ha llevado el caso de esta trabajadora, considera que «queda mucho camino por recorrer para que las mujeres veamos respetados nuestros derechos laborales y poder compaginar nuestro trabajo con ser madres sin necesidad de ser discriminadas o ver vulnerados nuestros derechos».
La sentencia de este juzgado no es firme y puede recurrirse al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
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