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M. J. CARRERO
Jueves, 9 de enero 2014, 02:59
María del Carmen S.V. moría en 2011 a consecuencia de un cáncer de mama. Tenía 54 años y llevaba doce peleando con la enfermedad. Ahora una sentencia condena a Osakidetza a indemnizar con 25.000 a su viudo y a sus dos hijas por haber tardado todo un año en diagnosticar un cáncer de mama.
En la primavera de 1999, esta bilbaína pasó una revisión ginecológica, en la que se vio algo anómalo en el pecho izquierdo. Sin embargo, los médicos que la trataban en aquel momento no se percataron de que podía tratara de un carcinoma. Fue en mayo de 2000, a raíz de una biopsia, cuando se diagnosticó el tumor. Desde ese momento, empezó con los tratamientos que le permitieron vivir once años.
Al fallecer, sus familiares presentaron una denuncia contra Osakidetza. En la demanda, formalizada por el despacho de abogados Gómez Menchaca, consideraron que el retraso diagnóstico acarreó «el libre crecimiento de una patología maligna», un tratamiento «más agresivo» y «la disminución de la supervivencia».
Los letrados bilbaínos argumentan esta posición con el informe encargado a una oncóloga, quien sostiene que en la mamografía realizada en 1999 «ya existían signos de alarma» como para haber realizado una biopsia. Frente a esta posición, el perito designado por Osakidetza defiende que no se hiciera la punción por «la negatividad aportada por las citologías y mamografías, por la ausencia de tumor palpable y de otros signos sospechosos».
Ante dos informes tan contrarios, el juez cree que sí hubo un retraso en el diagnóstico. Sin entrar a valorar si fue justificable o no, el magistrado entiende que esto supuso «una pérdida de oportunidad terapéutica» que retrasó los tratamientos. Por ello, considera que debe indemnizarse a la familia con 25.000 euros. El fallo, en ningún momento, cuestiona la terapia que se aplicó a la mujer, una vez detectada la enfermedad.
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