

Secciones
Servicios
Destacamos
Edición
ANTONIO SANTOS
Martes, 22 de marzo 2011, 09:37
Sortu se la juega a una sola carta. La defensa del nuevo partido está convencido de que la presencia de esta marca en las próximas elecciones municipales y forales del 22 de mayo depende casi en exclusiva de lo que ocurra estos días en el Tribunal Supremo. Según explicó ayer el abogado Iñigo Iruin a este periódico, en caso de que el alto tribunal rechace la inscripción de esta formación en el registro del Ministerio del Interior «no habría plazos legales» para que el Constitucional le diera la vuelta a la decisión y permitiera su concurrencia en los próximos comicios. «No daría tiempo de ninguna manera», insistió el letrado durante uno de los recesos de la vista oral que ayer se celebró ante los 16 magistrados de la Sala del 61, la encargada de aplicar la Ley de Partidos. El tribunal dará por finalizado hoy el juicio con las conclusiones definitivas de las partes a partir de las diez de la mañana. Se espera que la sentencia se conozca, como muy tarde, el próximo lunes, día en el que oficialmente de disuelven los ayuntamientos y juntas y se convocan los comicios de mayo.
Los representantes legales de Sortu han puesto en marcha la calculadora y ven cada vez más complicado que su papeleta esté en las urnas. Echan cuentas y, aseguran, no les da tiempo. Lo dicen por experiencias anteriores -con la de ayer es la cuarta ocasión en la que Iruin expone sus argumentos ante la Sala del 61- y por los plazos que prevé la legislación para garantizar un proceso judicial con plenas garantías. Un dictamen negativo del Supremo les cerraría todas las puertas para volver a las instituciones con una marca propia. Según su relato, tras la sentencia de la Sala del 61, se abrirá un plazo corto de días para que las partes recurran, algo que se da por supuesto sea cual sea la decisión final. Una vez se cursen las impugnaciones ante el Constitucional, la legislación prevé «30 días hábiles», según el abogado de Sortu, para que el más alto tribunal del Estado decida si admite a trámite o no los recursos. En caso de admitirlos -lo que se da prácticamente por seguro porque lo contrario podría suponer un tirón de orejas del Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo-, las partes podrán presentar las alegaciones y pruebas que consideran oportunas, lo que abrirá otro periodo de 20 días hábiles -donde no se incluyen fines de semana ni festivos-.
Antes del 18 de abril
Todos estos plazos exceden en bastante lo previsto por la legislación electoral. Convocados los comicios a partir del próximo lunes, los partidos deberán presentar sus candidaturas entre el 13 y el 18 de abril (la proclamación oficial tendrá lugar una semana después, el 25). Antes de ese 18 de abril Sortu debería estar inscrito en el registro y haber presentado sus planchas. «No hay tiempo y el Constitucional no resolverá hasta dentro de uno o dos años, lo de siempre», subrayaba ayer Iñigo Iruin.
La explicación de por qué el Tribunal Constitucional no llegaría a tiempo reside en el procedimiento que han utilizado Abogacía del Estado y Fiscalía General. En anteriores ocasiones -el más parecido es el que se siguió en 2007 contra Abertzale Sozialisten Batasuna- se aplicó la legislación electoral contra los partidos acusados de ser continuación de Batasuna. Ese camino obligaba a los jueces a resolver antes de que se iniciaran las respectivas campañas electorales. En algunos casos la resolución llegó a las siete de la mañana, apenas unas horas después de que arrancara la pegada de carteles.
La vía por la que se ha optado ahora no contempla esa urgencia. Al tratarse de un incidente de ejecución de sentencia -la que ilegalizó en 2003 a Batasuna, EH y HB- los tiempos son otros. La propia Sala Especial del Supremo ya advirtió hace semanas que no tenía ninguna obligación de dictar sentencia antes de las elecciones, pero que, sin embargo, tomaría una decisión antes de la campaña para que no hubiera sospecha alguna sobre la democracia española.
La convicción de los abogados de Sortu contrasta con lo expresado, asimismo, por fuentes oficiales del Constitucional. En el más alto tribunal español aseguran que si el Supremo se «ha dado prisa» y ha «acelerado» el proceso contra la nueva formación «en consonancia el TC debería hacer lo mismo». Sin embargo, según expertos juristas consultados por este periódico, el Constitucional no sólo se enfrenta a problemas de plazo para resolver antes de las elecciones, sino también a cuestiones de forma procesal.
Ante un rechazo del Supremo al nuevo partido, la más alta instancia judicial sólo podría paralizar esa sentencia mediante un «incidente cautelar de suspensión» de la decisión que se vaya a tomar en los próximos días. Este concepto se aplica habitualmente para intentar evitar perjuicios a un condenado, como el que sufriría con un ingreso en prisión posteriormente revocado por el más alto tribunal.
En el supuesto de Sortu, explican magistrados de larga trayectoria penal, no se podría aplicar porque el partido presidido desde febrero por Maider Etxebarria nunca ha sido legal. «Eso valía para ANV, pero no para Sortu», explican las mismas fuentes, que también ven complicado que el Constitucional decidiera autorizar la inscripción de Sortu cautelarmente para luego decidir «en unos años».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Recomendaciones para ti
Favoritos de los suscriptores
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para suscriptores
¿Ya eres suscriptor?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.