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EL CORREO
Jueves, 10 de marzo 2011, 10:23
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha estimado una demanda presentada por ELA y LAB y ha declarado que Euskal Telebista «vulneró» el derecho de huelga al emitir determinada programación el 29 de junio de 2010, día para el que estaba convocada una huelga general, según informó ayer el sindicato LAB.
La central indicó que en la sentencia se señala que se estiman «en lo sustancial» las demandas de los sindicatos, en materia de tutela de derechos fundamentales.
En este sentido, dice que ETB «vulneró» el derecho fundamental de huelga al incluir en la programación de esa jornada los programas 'Egunon Euskadi' y 'Euskadi Directo' y al emitir publicidad «de manera continuada», dado que la emisión de estos programas «rebasó el límite de los servicios esenciales decretados por la Orden de 24 de junio de 2010 de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, que había acordado que únicamente tendrían tal carácter los programas informativos diarios en su horario habitual».
LAB explicó que en la sentencia se declara la «nulidad radical» de esa conducta y se condena a ETB a la lectura de un texto en el que se informe de la decisión del TSJPV.
La lectura se hará en la lengua correspondiente a la emisión ordinaria en cada programa informativo de todos los canales de ETB y en cada programa de los emitidos por ETB el día 29 de junio de 2010, es decir, 'Egunon Euskadi' y 'Euskadi Directo'.
La medida deberá hacerse efectiva el domingo en los programas informativos en sentido estricto, y el martes en los programas «indebidamente» emitidos el día de la huelga, en ambos casos en la fecha más próxima a la de la notificación de la firmeza de la presente sentencia.
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