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ALFREDO CASAS
Jueves, 24 de febrero 2011, 13:09
Confiesa que su empeño es buscar el difícil equilibrio entre su formación como jurista y su pasión taurina. Aficionado confeso, Víctor Vázquez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla, ve claras contradicciones en prohibir los toros en Cataluña y respetar los 'correbous', al entender que es un espectáculo «enraizado en la tradición cultural de muchos pueblos de las 'Terres del Baix Ebre'». El profesor ofreció ayer una conferencia en el Club Cocherito de Bilbao para intentar aclarar los muchos interrogantes que se han abierto en el mundo del toro.
- ¿El Parlamento catalán, al prohibir las corridas de toros, ha invadido competencias de la Administración central?
- Si el Tribunal considera la Fiesta simplemente como un espectáculo público, probablemente avalará la prohibición como una expresión legítima del autogobierno catalán. Si atiende y reconoce su dimensión cultural va a encontrar más problemas, ya que las competencias en cultura son, por definición, concurrentes y no exclusivas del Estado o de las comunidades autónomas. Aunque aquí hay un problema, porque en el momento de la aprobación de la ley no existía una legislación estatal que reconociera los toros como una manifestación cultural.
- ¿Las transferencias en materia taurina permiten a los Parlamentos autónomos regular y reglamentar los espectáculos taurinos en cuanto a su práctica y desarrollo?
- Las comunidades pueden decretar la prohibición de ciertos espectáculos públicos si sus mayorías parlamentarias buscan salvaguardar valores recogidos en su propio Estatuto de autonomía. El problema es que los toros no son un espectáculo cualquiera, sino que posee una dimensión cultural y artística muy singular.
- ¿La aprobación de la Iniciativa Legislativa Popular antitaurina vulnera derechos reconocidos expresamente en la Constitución?
- Esta es, a mi juicio, la cuestión que está detrás de este asunto. La prohibición sí puede afectar a derechos no sólo individuales sino también a derechos culturales. Creo que el debate competencial ha ocultado lo más dramático de esta y de cualquier otra prohibición.
- ¿A qué se refiere?
- En primer lugar, hay muchos pueblos como el de Pamplona, el de Azpeitia o el de Ronda, por poner tres ejemplos, cuya identidad cultural está vinculada de una forma esencial al toro, y estaría herida de muerte si se les sometiera a una prohibición. No olvidemos que la tauromaquia es un elemento central en la vida de muchas personas, y digo esto en un sentido trascendental y no sólo en relación con el torero, quien ejerce su libertad de expresión artística a través del toro y le dedica su vida.
Toros no, 'correbous' sí
- ¿Me está diciendo que es más que una simple afición?
- Por citar a Ortega, para algunos la tauromaquia no ocupa el lugar de las ideas, que se tienen y se dejan de tener, sino ese otro lugar que es el de las creencias, ese lugar en el que uno está y desde donde se da respuesta a las preguntas fundamentales. Es muy importante hacer comprender esto a la sociedad y a los propios antitaurinos. Es curioso que en una época de tanta sensibilidad hacia identidades culturales como la nuestra, la cultura de la tauromaquia nunca haya sido objeto de esta mirada. Esto afecta también a la dimensión jurídica del asunto, ya que para limitar estas expresiones de la libertad personal y comunitaria son necesarios fundamentos constitucionales de peso y, en todo caso, se ha de justificar la necesidad y proporcionalidad de esta limitación.
- El senador Pío García Escudero, del PP, afirmó que la prohibición «rompe la unidad de mercado e impide la libertad de empresa». ¿Exageró?
- En parte sí. La prohibición afecta tanto a la libertad de empresa como a la unidad de mercado, pero esta incidencia se da en otros muchos ámbitos como consecuencia propia del autogobierno reconocido a las autonomías y es evidente que esto no siempre se puede tachar de inconstitucional.
- La norma catalana prohíbe las corridas de toros mientras protege y blinda los 'correbous'. ¿No le resulta chocante?
- Es paradójico en todos los sentidos y enlaza con lo anterior. El legislador catalán sí fue sensible al hecho de que la identidad de muchos pueblos de las 'Terres del Baix Ebre' está anudada a esta tradición. Aquí sí hubo respeto hacia una minoría, motivada por la existencia de una empatía cultural de la clase política catalana hacia estos pueblos. En mi opinión, esa no es una buena forma de legislar ni de integrar el pluralismo de la sociedad catalana dentro del marco estatutario.
- Traspasar toda la gestión de la Fiesta de los toros del Ministerio de Interior al de Cultura, ¿servirá para blindar este espectáculo frente a nuevas incursiones legislativas?
- Será un paso importantísimo, porque desde ese momento los valores culturales y artísticos de la Fiesta habrán recibido de forma explícita un respaldo jurídico e institucional del que ahora carecen, lo que dificultaría su prohibición o limitación.
- Los taurinos catalanes promueven una Iniciativa Legislativa Popular para llevar al Congreso con el objetivo de que los toros sean declarados Bien de Interés Cultural. De prosperar esta iniciativa, ¿la prohibición en Cataluña quedaría sin efecto?
- No creo que eso influya en nada. Los parámetros para juzgar la constitucionalidad de la prohibición en Cataluña han de ser los vigentes cuando se aprobó la Ley. Si se me permite la expresión, no se puede jugar a adelantar la línea del fuera de juego con los Parlamentos autonómicos.
- ¿Existe algún precedente jurídico que augure el fallo a favor o en contra del Constitucional?
- No. Se trata de un asunto que presenta unos perfiles muy particulares que lo singularizan, hasta el punto de que cualquier predicción tiene mucho margen de error.
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