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Varios coches circulan por la avenida 'Txikia' en Leioa. :: PEDRO URRESTI
Ordenan retirar el nombre de un etarra de una calle de Leioa
Vulneración de derechos fundamentaleS

Ordenan retirar el nombre de un etarra de una calle de Leioa

Un juzgado considera «un agravio» para las víctimas la concesión de una avenida a 'Txikia', muerto en un enfrentamiento policial

JOSÉ MARI REVIRIEGO

Jueves, 23 de diciembre 2010, 09:44

Un juez ha vuelto a cuestionar la concesión de vías públicas a miembros de ETA. Esta vez en Leioa, donde una avenida lleva el nombre de 'Txikia', alias de Eustaquio Mendizabal, militante de la organización terrorista que falleció en un enfrentamiento con la Policía durante el franquismo. El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Bilbao ha ordenado al Ayuntamiento de la localidad vizcaína la retirada de 'Txikia' del callejero al considerar que su existencia constituye «un agravio» para los afectados por el terrorismo «y para la sociedad en general». «Es un clara vulneración de los derechos fundamentales al honor y la dignidad de las víctimas», recoge el fallo judicial, dictado el pasado 2 de diciembre.

Aunque cabe recurso a la sentencia, el juzgado ha resuelto un litigio que llevaba años en curso. Primero, en la Audiencia Nacional. En una resolución fechada el 9 de julio de 2008, decidió archivar las nueve querellas que pesan sobre alcaldes de Euskadi y Navarra que cuentan en sus municipios con vías públicas dedicadas a etarras. La Sala de lo Penal considera que no comete delito de enaltecimiento del terrorismo el gobernante que no retira una placa que fue colocada por una Corporación anterior. Este delito sólo es imputable a hechos que se produjesen después del 24 de diciembre de 2000, el día en que quedó introducido este tipo en el Código Penal.

El primer requerimiento para anular el acuerdo que concedió una calle a 'Txikia' en Leioa fue promovido el 17 de julio de 2008 por el delegado del Gobierno en el País Vasco, Mikel Cabieces. Con el apoyo del Abogado del Estado, reclamó modificar su denominación y retirar cualquier placa alusiva al miembro de ETA, ya fallecido. Los promotores del recurso consideraron que esta distinción «implica una actuación contraria» a la Ley de Víctimas del Terrorismo.

Por su parte, el Ayuntamiento calificó de «inadmisible» el recurso, alegando que el pleito ya estaba «juzgado» y que la Administración del Estado no es competente para decidir el callejero de un municipio.

Consulta por Internet

En el fallo, al que ha tenido acceso este periódico, el juzgado desestima esos argumentos y entra al fondo de la cuestión. Sostiene que «es un hecho público y notorio» que Eustaquio Mendizabal Benito, 'Txikia', «pertenecía y era miembro de ETA». Para ello, dice que es «suficiente efectuar una consulta» en Internet y cita tres páginas: Wikipedia, Auñamendi eusko entziklopedia e Indymedia Euskal Herria. Así le definen: «Alto dirigente del frente de ETA militar muerto por la Policía el 19 de abril de 1973 en Algort»a. Las fuerzas de seguridad le señalaron su responsabilidad en el secuestro del industrial Zabala, en la voladura de la Delegación Provincial de Sindicatos de Placencia de las Armas (hoy Soraluze) y en el secuestro del empresario Felipe Huarte. Mendizabal sucedió en la jefatura de la banda a Juan José Etxabe, uno de sus fundadores.

El juzgado estima el recurso del Abogado del Estado al considerar que la concesión de la avenida «lesiona derechos y libertades susceptibles del amparo constitucional». Asimismo, se hace eco de los argumentos de los recurrentes y dice que no se puede dar cobertura a «la apología de los verdugos, glorificando su imagen». El juez emplaza con carácter «obligatorio» al Ayuntamiento de Leioa, gobernado en este mandato por Eneko Arruebarrena (PNV), a retirar el nombre de 'Txikia' de la avenida.

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