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Juan Ramón Ibarra.
Juzgan al ex jefe de la inspección fiscal de Vizcaya tras 7 años de instrucción
ECONOMÍA

Juzgan al ex jefe de la inspección fiscal de Vizcaya tras 7 años de instrucción

E. C.

Viernes, 2 de abril 2010, 04:39

Tras siete largos años de investigaciones, se acerca el momento de que el ex subdirector de Inspección de la Hacienda vizcaína, Juan Ramón Ibarra, y tres subordinados se sienten en el banquillo. El juzgado de Instrucción numero 4 de Bilbao acordó el 22 de marzo la apertura de juicio oral. El desenlace no será inminente. Cabe recurrir la decisión ante la Audiencia Provincial de Vizcaya, instancia que asume ahora el expediente. Al que fuera máximo responsable de perseguir el fraude fiscal se le imputa prevaricación, cohecho, falsedad en documento público, infidelidad en la custodia de documentos y desobediencia a los superiores. Por estos cargos, el Ministerio Fiscal pide 11 años de cárcel y 28 de inhabilitación, y una multa superior al millón de euros. Y para sus subordinados -Joaquín Tebar, José Luis Silvestre y María Valvanera-, 8 años de prisión y 19 de inhabilitación. La acusación de la Fiscalía se fundamenta en que, supuestamente, Ibarra utilizó desde 1990 hasta 2002 una aplicación informática para 'proteger' a 209 contribuyentes con el objeto de evitar que fueran inspeccionados por el personal a su cargo.

La Diputación de Vizcaya, sin embargo, no está de acuerdo con estos cargos y por eso decidió a comienzos de marzo apartarse del procedimiento penal y no personarse como acusación particular. Ha actuado así tras analizar un informe que encargó al bufete Uría y Menéndez en el que se concluye que «los hechos investigados no son constitutivos de responsabilidad penal alguna y que, en todo caso, no ha habido daño y perjuicio alguno para la administración foral». Lo firman los abogados Carlos Bueren -ex juez de la Audiencia Nacional- y Arantza Estefanía.

Argumentos débiles

En el informe, los dos letrados descartan uno a uno los delitos imputados por la Fiscalía e incluso le censuran abiertamente por sostener la acusación de cohecho con un argumento tan débil como «la lógica y la experiencia en estos casos, a falta de otras pruebas de relevancia». Según su criterio, «de la instrucción practicada, no resulta indicio alguno de que el Sr. Ibarra solicitase o recibiese dádiva alguna de ningún contribuyente».

La tesis que sostiene el citado informe es que el hecho de que Ibarra utilizara una aplicación informática para asignarse una serie de contribuyentes con su propia clave de actuario no impedía en absoluto que se les inspeccionase. Lo único que ocurría es que cuando un subordinado iniciaba una actuación sobre alguno de ellos, «no podía seguir adelante sin comunicárselo a él, quien debía levantar la traba que había instalado». La mejor prueba, continúa, es que «la traba en cuestión se levantó en, al menos, 17 ocasiones y en dos ocasiones cuando el propio Ibarra estaba ausente».

La Fiscalía, por contra, asegura que el acusado «dispuso la utilización de la aplicación informática para asignarse, como si de un actuario se tratase, diversos contribuyentes que, de esta forma, figuraban como si hubiesen sido objeto de inspección, sin que realmente lo fueran». Quedan, por tanto, muchas incógnitas por resolver en este caso que se inició en 2003 con una actuación de la Fiscalía Anticorrupción por una supuesta trama de financiación irregular del PNV.

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