
óscar b. de otálora
Sábado, 16 de diciembre 2017
El que fuera dirigente de Ekin -el 'aparato político' de ETA- Paul Asensio Millán, ha sido absuelto de un delito de abusos sexuales a su hija de 3 años y medio, según una sentencia a la que ha tenido acceso EL CORREO. La Fiscalía solicitaba para Asensio una condena de 12 años de prisión por estos delitos y la izquierda abertzale le expulsó al tener conocimiento de esta investigación. La Audiencia de Bizkaia, sin embargo, ha rechazado las acusaciones y ha ordenado que se retiren las medidas cautelares que desde 2015 prohibían a Asensio ver a su hija.
Publicidad
El proceso contra el ex dirigente de la izquierda abertzale -que cumplió siete años de prisión por su relación con ETA- comenzó hace dos años, después de que su pareja pusiera una denuncia en la comisaría de la Ertzaintza y en los juzgados de Bilbao acusándole de haber abusado de su hija. Un juzgado de Instrucción archivó en dos ocasiones la demanda pero la madre recurrió ante la Audiencia Provincial, instancia que ordenó que se reabriera la causa y continuase la investigación. Finalmente, en octubre de este año se celebró la vista oral por el caso. La Fiscalía y la madre solicitaban 15 años de prisión para Asensio por agresión continuada a su hija, aunque durante el juicio redujeron la demanda a 12 años. La defensa reclamaba la libre absolución.
La sentencia, de la que es ponente la jueza Nekane San Miguel, comienza con una descripción del contexto en el que se produjo la denuncia y destaca la biografía de la pareja. «El acusado y la denunciante se conocieron estando él en prisión y en quince meses se casan y nace la niña. A la salida de la cárcel del acusado comienza la convivencia que, al parecer, se revela difícil porque no cumple las expectativas que uno y otro se habían hecho recíprocamente», se lee en el texto. Según este relato, la mujer descubrió varias infidelidades que condujeron a la pareja a la separación. Posteriormente se produjo un intento de reconciliación pero ella descubrió el teléfono móvil de él y al examinarlo encontró datos de que su compañero «seguía coqueteando con otras mujeres». Este hecho se produjo en 11 de noviembre y, según se refleja en el texto de la Audiencia, ese mismo día se presenta la denuncia por abusos sexuales.
El fallo judicial se centra a renglón seguido en los análisis de las pruebas presentadas por la madre y la Fiscalía para argumentar que se produjeron abusos sexuales. La acusación, en este sentido, se basaba en un informe de la pediatra que atendió en urgencias a la niña; en el testimonio de un forense de guardia; de la profesora de la menor y en el informe psicológico de un centro especial. En ellos se aceptaba que se habían producido abusos sexuales bien por el testimonio de la niña o, en el caso de la maestra, por dibujos que la menor había realizado en clase. La Audiencia rechaza una a una estas evidencias.
En el caso de la profesora, la sentencia asegura que es amiga de la familia de la denunciante y que no aportó todos los dibujos, solo aquellos que se referían a un supuesto abuso. En cuanto a los facultativos, los jueces ponen de relieve que en las conversaciones de la menor con la pediatra estuvo presente la madre y se resalta que la niña se maneja en euskera pero «no se sabe en qué idioma se le interrogó». En cuanto al testimonio del forense, la ponente destaca que no se ha aclarado «en qué basa su percepción» de que hubo abusos sexuales y reitera que tampoco se aclara en qué idioma fue la entrevista. Con respecto al informe psicológico, el fallo resalta que no revela «ningún efecto susceptible de valorarse como una situación de abuso sexual».
Publicidad
Por el contrario, la sentencia afirma que no ha aparecido ninguna evidencia de los daños de los que se le acusa, «ni físicos ni psicológicos». Asimismo, pone de relieve un informe de la defensa en el que se afirma que «no existe ni un solo dato del que concluir que la niña haya sido objeto de abuso». La sentencia también destaca que los abogados de Paul Asensio habían solicitado que se explorase el estado mental de la denunciante, una prueba que fue negada por el tribunal. «No se trata de enjuiciar a la madre», señalan los jueces. La sentencia no ha sido recurrida.
Accede todo un mes por solo 0,99€
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión
Te puede interesar
Horarios, consejos y precauciones necesarias para ver el eclipse del sábado
El Norte de Castilla
Descubre la fruta con melatonina que te ayudará a dormir mejor
El Diario Vasco
Publicidad
Utilizamos “cookies” propias y de terceros para elaborar información estadística y mostrarle publicidad, contenidos y servicios personalizados a través del análisis de su navegación.
Si continúa navegando acepta su uso. ¿Permites el uso de tus datos privados de navegación en este sitio web?. Más información y cambio de configuración.