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María José Carrero
Domingo, 21 de junio 2015, 01:52
Tomás B. R. se operó en enero de 2011 de un cáncer de vejiga en el Hospital Galdakao. El tumor reapareció exactamente un año después, pero el centro sanitario retrasó la nueva cirugía hasta mayo de 2012. Tras esta segunda intervención, le propusieron una tercera para realizarle una cistoprostatectomía radical (una extirpación de la vejiga, la próstata y la vesícula seminal) porque el cáncer vesical inicial había hecho metástasis en otros tejidos. Ante este diagnóstico, decidió acudir a una clínica privada de Navarra a operarse y tratarse con tres ciclos de quimioterapia. Pero el cáncer estaba en un estadio muy avanzado y su fallecimiento se produjo en enero de 2013.
Su viuda e hijos presentaron entonces una demanda contra Osakidetza, a través del despacho de abogados Gómez Menchaca. Entendían que la muerte se había precipitado debido a que el retraso de la segunda operación favoreció la metástasis. Además, los letrados consideraron que también debía reclamarse por una «la carencia de una planificación correcta de la segunda intervención ya que, al no lograr extirpar el tumor, se hizo necesaria una tercera operación con el consiguiente sufrimiento físico y psicológico».
El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Bilbao ha estimado la demanda y ha dictado una sentencia en la que condena a Osakidetza a abonar a la viuda e hijos de Tomás los casi 64.000 euros que costaron la operación y los tratamientos en la clínica privada. Aunque falleció a los pocos meses, el magistrado considera «razonable y justificada la decisión de recurrir a la atención médica privada».
Es en mayo de 2012 cuando los urólogos de Galdakao plantean una intervención radical al detectar en una prueba que el carcinoma inicial se había expandido por las capas más internas de la vejiga. En este sentido, el magistrado acepta la tesis de la demanda respecto a que se ha producido un retraso diagnóstico. Y es que, transcurrido exactamente un año de la primera intervención, Tomás acudió a Urgencias al presentar sangre en la orina.
En ese mismo momento, le diagnostican la reaparición del cáncer, pero le pusieron en lista de espera para una nueva cirugía. Dos meses y medio después vuelve al hospital para urgir que le traten porque hay coágulos en la micción, pero le dicen que ya le avisarán. El 18 de abril se persona por tercera vez porque ya no puede orinar y se siente totalmente fatigado. Casi un mes después le operan.
El tumor se extiende
Al intervenirle, los médicos se encuentran con que el cáncer ha invadido otros tejidos y proponen la extirpación de la vejiga, la próstata y la vesícula seminal. En ese momento, el paciente ha perdido la confianza en los especialistas de Galdakao y opta por una clínica privada.
La sentencia considera que la inclusión del enfermo en una lista de espera sin previsión de fecha de intervención fue una actuación «contraria a la lex artis, es decir, incorrecta» y por ello obliga a pagar los 64.000 euros del tratamiento privado. Los 30.000 euros restantes corresponden a la indemnización por daño moral. Aunque Tomás tenía 79 años en el momento de fallecer, el juez considera que debe compensarse a su familia «por los padecimientos que sin duda se derivaron de la prolongación en el tiempo de los avances de la enfermedad».
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