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La CNMV multa a Laboral Kutxa por operar con deuda de Eroski a precio superior al de mercado

La cooperativa de crédito atribuye el desajuste al «deficiente» funcionamiento del mercado de renta fija Aiaf

Luis López

Miércoles, 5 de octubre 2016, 00:35

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha impuesto una multa de 150.000 euros a la Caja Laboral (hoy Laboral Kutxa) por haber incurrido en una «infracción muy grave» a la hora de gestionar la deuda perpetua de Eroski en relación con los clientes minoristas. En concreto, la cooperativa habría incumplido «las medidas destinadas a detectar, impedir y gestionar los conflictos de interés generados por la intermediación de operaciones por cuenta de clientes minoristas sobre dos emisiones de AFS de Eroski, mediante el case de operaciones entre clientes a precios significativamente alejados de su valor razonable durante el periodo comprendido entre el 16 de junio de 2010 y el 11 de julio de 2012».

La traducción de esta resolución, publicada en el BOE de ayer, es que durante ese tiempo los títulos de Eroski se estuvieron vendiendo a un precio superior al de mercado. ¿Por qué? Según fuentes de la entidad, en aquellos momentos la deuda perpetua cotizaba en el mercado de renta fija Aiaf, un entorno que cruzaba las ofertas de venta y las de compra, pero que funcionaba de manera «deficiente» porque carecía de liquidez. Eso implicaba que el precio de las operaciones no se ajustaba bien y el precio de los títulos se mantenía muy por encima del valor «razonable». El organismo supervisor y el Ministerio de Economía, que es de donde procede el proceso, entienden que una entidad financiera debe tener mecanismos para conocer el valor real de los productos que está gestionando, al margen de lo que diga un sistema tan poco eficiente como el Aiaf. Eso sí, se desconoce la cantidad de compraventas que se realizaron en ese periodo beneficiando a vendedores y penalizando a los compradores.

En 2012 los títulos de Eroski pasaron a cotizar en el mercado Send, más eficiente, y se terminó el problema. Desde Laboral Kutxa aseguran que la multa de 150.000 euros está «en el tercio inferior y los parámetros menores» de la sanción que podían haber recibido por una infracción muy grave, ya que el supervisor no habría apreciado mala fe en su actuación. Además, en la entidad lamentan que deban pagar por el mal funcionamiento de un mercado que no es de su competencia. La resolución es recurrible ante la sala Contencioso-Administrativa de la Audiencia Nacional, aunque Laboral Kutxa aún no ha decidido si dará ese paso.

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