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La magistrada Garbiñe Biurrun e Iñaki Tapia, secretario general del Colegio de Graduados Sociales de Gipuzkoa.
La juez Biurrun cree inevitable equiparar la indemnización por despido de temporales y fijos

La juez Biurrun cree inevitable equiparar la indemnización por despido de temporales y fijos

La presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior vasco sostiene que la sentencia de la Justicia de la UE obliga a dar ese paso y prevé un notable aumento de los litigios

PILAR ARANGUREN

Jueves, 29 de septiembre 2016, 01:10

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado día 14, que dicta que una trabajadora interina debe recibir la misma indemnización al finalizar su contrato que una empleada fija en este momento establecida en 20 días por año trabajado, ha suscitado diferentes interpretaciones tanto en ámbitos jurídicos como sindicales, económicos o políticos. Sobre todo, porque el fallo responde a una cuestión prejudicial sobre el caso de una trabajadora del Ministerio de Defensa.

En un análisis de urgencia realizado en Donostia durante una jornada organizada por el Colegio Guipuzcoano de Graduados Sociales, Garbiñe Biurrun, presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), el máximo órgano judicial en materia laboral en Euskadi, considera que la sentencia efectivamente equipara la indemnización por despido de los trabajadores temporales a la que reciben quienes gozan de un contrato fijo.

La magistrada sustenta esta interpretación en que el razonamiento del fallo se hace en base al Acuerdo Marco de la UE que regula la contratación temporal. En él se establece «que no puede haber diferencia de trato en las condiciones de trabajo entre quienes tienen un contrato de duración determinada y uno comparable que sea fijo». Garbiñe Biurrun precisa que los contratos interinos se enmarcan dentro de la categoría de los de duración determinada, ya que no hay ninguna especificidad en los primeros que no tenga uno temporal. «Únicamente se quedarían fuera los contratos de formación y prácticas», concluye.

A partir de ahí, la magistrada afirma que la sentencia establece que la indemnización es una condición de trabajo y, por lo tanto, es contraria al acuerdo marco cualquier normativa que deniegue la indemnización a un interino mientras sí se la reconoce a los fijos.

«Tal y como está razonada la sentencia no tendría ningún sentido que la indemnización de los interinos pasara de cero a veinte días por año trabajado y para el resto de trabajores temporales se quedara como está», en los actuales doce días por año trabajado.

Un primer fallo inminente

Eso sí, la magistrada dejó claro desde el inicio de la exposición, que levantó una gran expectación entre los graduados sociales, que se trata de una valoración de urgencia. «Queda mucho por reflexionar y los tribunales vamos a hacerlo ya», indicó. De hecho, aunque todavía no se han presentado casos específicos reclamando por esta cuestión concreta, las salas de lo social se verán obligadas a pronunciarse en breve al respecto. Y esto es lo que va a ocurrir con el recurso presentado antes de que se produjera el fallo del TJUE en la causa de una trabajadora con un contrato temporal por obra o servicio determinado que ha llegado al Superior vasco y que entró el martes en fase de deliberación.

Aunque se trata de un caso anterior a la sentencia europea, la presidenta de la Sala de lo Social augura un incremento significativo de la litigiosidad, ya que se abre la puerta a que puedan reclamar una equiparación de la indemnización todos los afectados por contratos temporales que se extingan a partir de ahora. Y a estos hay que sumar todos aquellos que finalizaron desde el 14 de septiembre de 2015, ya que el fallo otorga un año de retroactividad.

La magistrada también prevé que se van producir sentencias dispares, con lo que finalmente tendrá que ser el Tribunal Supremo, como ha ocurrido con algunos aspectos de la reforma laboral, el que unifique la doctrina. Pero hasta entonces transcurrirán al menos dos años, que es lo que tarda de media en pronunciarse el alto tribunal.

Con el fin de evitar que esta situación se prolongue en el tiempo, el Gobierno tendría que tomar la iniciativa y modificar el Estatuto de los Trabajadores, bien aceptando la tesis del TJUE extendiendo la indemnización de los contratos temporales hasta los veinte días por año trabajado, o bien implantando el contrato único, como solicitan algunas patronales y partidos políticos. De ahí que la magistrada aventure una proliferación de reclamaciones judiciales.

Según datos publicados por este diario, la equiparación de la indemnización en los términos descritos podría costar a las empresas vascas hasta cien millones de euros al año, dadas las elevadas cifras de contratación temporal. También tendría un coste elevado para las administraciones vascas, al menos de otros cincuenta millones.

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