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R. C.
Viernes, 4 de octubre 2013, 19:20
Las madres afectadas por el error de la Hacienda alavesa a la hora de efectuar las declaraciones de la renta que contenían prestaciones por maternidad entre los años 2009 y 2012 no parece que tengan la intención de quedarse con los brazos cruzados si la institución foral, que puede enfrentarse a devoluciones millonarias, trata de ralentizar el proceso con recursos judiciales. Así lo han manifestado esta mañana algunos de los progenitores consultados por elcorreo.com. "Si se equivocaron, que paguen. Lo mismo que nosotros tenemos que pagar cuando tenemos uin defecto en la declaración", era el sentir general.
Como publicó ayuer EL Correo, el Organismo Jurídico de Álava (OJA) ha dado la razón a una mujer que dio a luz en 2010 y que reclamó contra la inclusión en su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de ese año de la prestación percibida de la Seguridad Social por maternidad. La razón de esta resolución es que la norma foral que regula este impuesto incluía en ese ejercicio esas ayudas dentro de la lista de exenciones. También lo hacía en 2009 y 2011. Y, sin embargo, la Diputación no lo tuvo en cuenta y se quedó con dinero de la contribuyente.
Ante el efecto llamada que la noticia ha producido, dado que se extendió como la pólvora a través de las redes sociales y los grupos de whatsapps de cientos de madres que se juntan en los patios de los colegios, la Diputación advirtió de que la resolución está recurrida ante los tribunales y «sabemos que nos van a dar la razón». Fuentes forales aseguraron que «no se devolverá nada de oficio y habrá que esperar a la sentencia definitiva. No va ocurrir como se está diciendo a través de las redes sociales que basta con presentar una reclamación para conseguir una revisión de la liquidación del IRPF», añadieron esas fuentes.
Mientras Bizkaia y Gipuzkoa declaraban libres de impuestos sólo las prestaciones públicas por maternidad percibidas de las comunidades autónomas o las entidades locales, la norma alavesa no lo hizo así. El artículo 9 recogía entre otras rentas libres de ser declaradas «las prestaciones públicas por maternidad», sin especificar qué organismo debía concederlas. De esa manera no tenían que haber fomado parte de la base imponible del IRPF.
La resolución del Organismo Jurídico de Álava, la entidad que media entre los contribuyentes y la Hacienda foral, afecta a todas aquellas contribuyentes alavesas que dieron a luz en las quince últimas semanas de 2008 y a lo largo de 2009, 2010 y 2011 y les fue computada en su declaración de la renta esta prestación por maternidad concedida por la Seguridad Social. Ellas tendrían derecho, según la resolución, a que se les sustrajera de su base imponible esa cantidad. En el caso del recurso ganado por la contribuyente, al que ha tenido acceso EL CORREO, la prestación ascendía a 8.879 euros. La minoración de su base imponible, según el tipo medio de tributación de la contribuyente, le supone una devolución de 1.722 euros.
Dudas con 2012
Las mujeres contribuyentes que han recibido esa ayuda de maternidad a lo largo de 2012 lo tienen más complicado ya que las Juntas Generales de Álava aprobaron en abril de 2013 unas medidas tributarias que modificaban diversos artículos de la norma de IRPF y que tenían efecto desde el 1 de enero de 2012. Y uno de los cambios afecta al artículo relativo a las rentas exentas. A partir de esta fecha, la situación se queda igual que en Gipuzkoa y Bizkaia.
La normativa invita siempre a presentar reclamaciones en cualquier caso para impedir que los derechos del contribuyente prescriban.
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